SIN INFORMACION

ELISEO DAVID GARCIA MAICABARE / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

18 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Eliseo David García Maicabare, nacional de Venezuela, domiciliado en Blanco Viel N°1108, departamento 7-1, comuna de San Miguel, Santiago, para interponer recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con domicilio en San Antonio N°580, piso 3, comuna y ciudad de Santiago, por privar y perturbar, en forma ilegal y arbitraria, el principio de igualdad consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, con motivo de la omisión de pronunciamiento respecto de su solicitud de regularización migratoria presentada el 2 de junio de 2021. Expone que ingresó a Chile de forma legal y que obtuvo su visa de residencia sujeta a contrato. Refiere que debido al incumplimiento laboral del empleador con quien suscribió el contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 129 N° 3 del Reglamento de Extranjería, el 2 de junio de 2021 solicitó una regularización migratoria a través de la plataforma online que dispuso el Servicio Nacional de Migraciones, recibiendo notificación de que se encuentra en trámite, sin precisar cuándo. Reclama que a la fecha de interposición del recurso no ha recibido respuesta alguna respecto de su solicitud. Agrega que la omisión tan prolongada de la recurrida en decidir le ha traído graves consecuencias, debido a las limitaciones ordinarias que surgen, en circunstancias que su cédula de identidad se encuentra en un estatus de “no vigente”. Sostiene que debido a la omisión arbitraria e ilegal por parte de la autoridad migratoria, se ha visto afectado el principio de igualdad respecto del recurrente, consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con los principios de celeridad, inexcusabilidad, conclusivo, contrariedad y de economía procedimental que informan el actuar de los órganos de la Administración del Estado, desde que se ha excedido el plazo de seis meses establecido en el artículo 27 de la Le

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Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó contra el recurso el abogado don Francisco Errázuriz Quiroz. Asimismo. San Miguel, 18 de mayo de 2022. Nicole Bustos Maulén, relatora. San Miguel, dieciocho de mayo de dos mil veintidós. A los escritos folios N°s 40155 y 40184: A todo, téngase presente y a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Eliseo David Ga

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