SIN INFORMACION

ALTO VERDE SPA/CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE

Rol

Fecha

18 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que don Francisco Santibáñez Yáñez, abogado, por la sociedad Alto Verde SpA, representada por don Manuel Rebolledo Gajardo, todos domiciliados para estos efectos en 1 Oriente N° 818 de la comuna de Talca, interpuso recurso de protección en contra de la Contraloría General de la República, Región del Maule, representada por don Carlos Basaez Valdebenito, domiciliado en Avenida Isidoro del Solar N° 21, Talca. Lo hace por la emisión del Oficio E165610/2021 de 15 de diciembre de 2021, del que su parte tomó conocimiento el 12 enero de 2022, que ordenó a la municipalidad de Talca instruir un proceso de invalidación del Certificado de Copropiedad Inmobiliaria N° 3 de 2 de junio de 2020, emitido por la Dirección de Obras del referido municipio. Dice que aquel acto es ilegal y arbitrario; el texto íntegro de su recurso consta al folio 1, y en razón de lo expuesto y pedido, puede sintetizarse en los términos que pasan a señalarse. -En el apartado “antecedentes”, la recurrente se refiere al expediente de solicitud de copropiedad inmobiliaria para el condominio que indica, y a las particularidades de ello. -A continuación se refiere al acto administrativo en contra del cual reclama y menciona los motivos por los cuales lo considera ilegal y arbitrario, tanto basado en aspectos de hecho como de derecho, avalando lo actuado por la Municipalidad de Talca. -Añade que existe un grave yerro jurídico en el acto impugnado, pues parte de un supuesto falso, esto es, que el predio de su representada no enfrenta una vía pública. Al contrario de eso, la vía tiene la calidad bien nacional de uso público. Ello exige,

Fallo

por tanto, el análisis normativo que regula la situación, y lo efectúa con preceptos de fondo para arribar a esa conclusión, sin descartar el uso público que ha tenido esa vía por largo tiempo. -Sostiene que el acto objeto de su recurso ha vulnerado los derechos previstos en los N° 2, 21 y 24 de la Carta Fundamental, porque la recurrida le ha dado un trato diferenciados al que ha dispensado al resto de los propietarios de viviendas e inmuebles del sector; implica la paralización del proyecto habitacional “Condominio Alto Verde”; y porque se pierde la aptitud para construir allí, a pesar de cumplir con los requisitos legales para obtener la certificación requerida. Con lo expuesto solicita que se deje sin efecto el oficio indicado al comienzo emitido por la Contraloría Regional del Maule; que la recurrida informe a la Dirección de Obras Municipales de Talca, que el certificado de copropiedad también señalado, se encuentra plenamente vigente y que no es contrario a derecho; que se ordene a la Contraloría abstenerse en lo sucesivo de realizar cualquier acto que afecte la eficacia jurídica de ese certificado; que se adopten las medidas que el tribunal estime necesarias para asegurar la debida protección de los derechos constitucionales afectados; y que se condene en costas al órgano recurrido. Acompañó: 1. Copia de Oficio N° E165610 / 2021, de fecha 15 de diciembre de 2021 emanado del Contralor Regional de Maule. 2. Certificado de Copropiedad Inmobiliaria Resolución N° 3 de fe

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Talca, dieciocho de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que don Francisco Santibáñez Yáñez, abogado, por la sociedad Alto Verde SpA, representada por don Manuel Rebolledo Gajardo, todos domiciliados para estos efectos en 1 Oriente N° 818 de la comuna de Talca, interpuso recurso de protección en contra de la Contraloría General de la República, Región del Maule, representada

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