VARELA/GLORIA CARDENAS QUINTERO, JUEZ, JUZGADO LABORAL Y PREVISIONAL DE SANTIAGO
Rol
Fecha
23 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Primero: Que a fin de resolver la admisibilidad del arbitrio, es preciso dilucidar si concurren los requisitos contemplados en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y, más concretamente aún, si se impugna alguna resolución que participe de la naturaleza jurídica exigida, esto es, que se trate de una sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación o de sentencia definitiva, que no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario. Segundo: Que el recurso se ha dirigido en contra de la resolución de once de mayo último, que declara a Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional incompetente para conocer del incidente de nulidad por falta de emplazamiento, al declarar que al ser dicha magistratura un Tribunal de ejecución, conforme a lo dispuesto en el artículo 421 del Código del Trabajo, no cuenta con facultades para pronunciarse sobre materias o hechos ocurridos a la época de tramitación de la causa ante otro tribunal, ordenando ocúrrase ante quién corresponda, en circunstancias que la quejosa estima que dicho incidente, referido a lo obrado ante el Primer Juzgado del Trabajo de Santiago –sede declarativa,- era del todo procedente. Tercero: Que, de lo expuesto, se deprende que la resolución impugnada por esta vía no se enmarca dentro de los supuestos y de la enumeración taxativa del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, puesto que la resolución impugnada se trata de una sentencia interlocutoria que no pone término al juicio ni hace imposible su continuación, y que además, resulta impugnable por medio de recursos ordinarios. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de queja deducido contra la señora juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Comuníquese la decisión al Juzgado respectivo. En su oportunidad, archívese. Al primer y segundo otrosí, estese a lo resuelto. Al tercer otrosí, téngase presente. N°Laboral-Cobranza-1475-2022
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de queja deducido contra la señora juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Comuníquese la decisión al Juzgado respectivo. En su oportunidad, archívese. Al primer y segundo otrosí, estese a lo resuelto. Al tercer otrosí, téngase presente. N°Laboral-Cobranza-1475-2022
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de mayo de dos mil veintidós. Al folio N°1: A lo principal: Vistos: Primero: Que a fin de resolver la admisibilidad del arbitrio, es preciso dilucidar si concurren los requisitos contemplados en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y, más concretamente aún, si se impugna alguna resolución que participe de la naturaleza jurídic
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