SIN INFORMACION

MARIA FERNÁNDEZ PEREZ / UNIVERSIDAD DE CHILE

Rol

Fecha

17 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña María Constanza Fernández Pérez, por sí y en representación legal de su hijo Gaël Itamar Goya Fernández, ambos domiciliados en la comuna de San Miguel, deduciendo recurso de protección en contra de la Universidad de Chile, por, según expresa, haber comenzado a implementar una serie de actos arbitrarios e ilegales en contra de los alumnos de dicha casa de estudios, consistentes en presiones indebidas con el objeto específico de, finalmente, ser inoculados contra el virus Sars-CoV-2, y de ese modo adquirir el denominado “Pase de Movilidad”, sin el cual se estaría impidiendo asistir a clases. Denuncia, como infringidas, las garantías de los numerales 1, 2, 6 y 9, inciso final, todos del artículo 19° de la Constitución Política, en relación con los tratados internacionales vigentes que cita. Luego de argumentar en forma preliminar, y a fin de justificar su admisibilidad, que por medio del recurso no se impugna una política pública, que los actos que se denuncian no tienen otro control que la presente vía cautelar y que la recurrente y su hijo cuentan con legitimación activa pues su deseo es no vacunarse, se relata -como exposición de hechos- que Gaël Itamar, el hijo de la compareciente y por el cual también se solicita protección, ha sido seleccionado para cursar primer año de la carrera de Derecho en la universidad recurrida y, en este contexto, el día 27 de enero del año en curso la recurrente se presentó con su hijo en la respectiva Facultad a fin de realizar los trámites de matrícula, siendo dejados fuera del salón, en razón de normas universitarias derivadas de la exigencia del “Pase de Movilidad”, recomendándoles continuaran la tramitación en el patio, a la vez que se les informó que para asistencia presencial a clases se debía contar con el referido “Pase de Movilidad” o un testeo negativo de COVID-19 con a lo menos 72 horas de antelación. Agrega que estos hechos fueron comunicados al Decano de la Faculta

Fundamentos

fundamentos y lo dispuesto por el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, 1.- Se rechazan las excepciones de incompetencia, extemporaneidad y falta de legitimación pasiva opuestas por la recurrida; y 2.- Se rechaza, con costas, el recurso de protección deducido por doña María Constanza Fernández Pérez, por sí y en representación legal de su hijo Gaël Itamar Goya Fernández, en contra de la Universidad de Chile. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redacción a cargo del abogado Roberto von Bennewitz Álvarez. N° 479-2022 Protección. Pronunciada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministros señora Adriana Sottovia Giménez y señora Carmen Gloria Escanilla Pérez y Abogado Integrante señor Roberto von Bennewitz Álvarez, quien no firma, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y posterior acuerdo, por encontrarse ausente.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecisiete de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña María Constanza Fernández Pérez, por sí y en representación legal de su hijo Gaël Itamar Goya Fernández, ambos domiciliados en la comuna de San Miguel, deduciendo recurso de protección en contra de la Universidad de Chile, por, según expresa, haber comenzado a implementar una serie de act

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica