SULTAN/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE INTERIOR
Rol
Fecha
17 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Hassan Sultan, libanes, quien interpone recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, solicitada en el año 2017, vulnerando con ello la garantía constitucional del artículo 19 Nº2 de la Constitución Política de la República. Explica que, en el año 2017 solicitó el permiso de residencia definitiva, sin embargo, el recurrido modificó de forma unilateral la petición registrándola como petición de residencia temporal. Sin perjuicio de lo anterior, el recurrente señala que desde el año 2017 su petición se encuentra en trámite sin que a la fecha tenga respuesta por parte de la autoridad. En concepto del recurrente los hechos descritos importan vulneración del derecho constitucional establecido en el N°2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, así como lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N° 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, solicitando que acogido que sea el recurso se ordene a la recurrida, que se pronuncie sobre la referida solicitud de permanencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que, evacuando el informe requerido, la recurrida solicita el rechazo en todas sus partes de la acción de protección, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, dado que no existe acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna del derecho a la libertad ambulatoria. Expone que, con fecha 28 de diciembre de 2016 el extranjero vía correo certificado solicitó el beneficio de Permanencia Definitiva, por Resolución Exenta N°38.910 de fecha 08 de febrero de 2019, del Departamento de Extranjería y M
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge la acción constitucional interpuesta en favor de don Hassan Sultan, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y a objeto de restablecer el imperio del derecho, se ordena a la repartición pública recurrida que acelere la tramitación de las solicitudes de permanencia definitiva del actor, debiendo dentro de un plazo de quince días girar los derechos que deben pagar al efecto y, efectuado dicho pago, resolver las solicitudes de permanencia definitiva de las actoras dentro de un plazo no superior a quince días más, efectúandoles de inmediato la notificación legal de la respectiva decisión. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-424-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veintidós. A los folios 7, 8 y 9; a todo, téngase presente. Al folio 10; a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Hassan Sultan, libanes, quien interpone recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración por el acto arbitrario e ilegal consistente en la omisión de pronunciamiento so
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