A.F.P. PROVIDA S.A. CON PAULA CAROLINA CUBILLOS ESPINOZA
Rol
D-23-2019
Fecha
1 de junio de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que la parte demandada ha interpuesto incidente de abandono de procedimiento en autos. Funda su acci n en que en atenci n a que han transcurrido m s deló ó á lapso de seis meses contemplado en el art culo 153 del C digo deí ó Procedimiento Civil, sin que el actor haya efectuado diligencia til.ú Que el tribunal confiri traslado a la parte ejecutante, con fecha 13 deó mayo de 2020, el cual no fue evacuado por la ejecutante. Que en relaci n a la petici n de la ejecutada, el inciso 2° del art culo 4ó ó í de la Ley 17.322, prescribe que “Acogida la acci n, e incoada en el tribunal, noó podr alegarse por ninguna de las partes el abandono del procedimientoá ”. Atento el expreso tenor del art culo antes referido, se rechazar alí á incidente planteado por la demandada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el art culo í 4 bis inciso segundo de la Ley 17.322, se resuelve: Que SE RECHAZA EL INCIDENTE DE ABANDONO DE PROCEDIMIENTO impetrado por la parte ejecutada, sin costas. RIT: D232019 RUC: 19300217209 Provey el Juez del Juzgado de Letras, Garant a y Familia de Ais n,ó í é que se individualizada en la firma electr nica avanzada, estampadaó en la presente resoluci n al pie de p gina.ó á En Ays né a uno de junio de dos mil veinte, se notific por el estado diario laó resoluci n precedente.ó fvg 2020-06-01T16:53:08-0400 2020-06-01T17:40:46-0400
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el art culo í 4 bis inciso segundo de la Ley 17.322, se resuelve: Que SE RECHAZA EL INCIDENTE DE ABANDONO DE PROCEDIMIENTO impetrado por la parte ejecutada, sin costas. RIT: D232019 RUC: 19300217209 Provey el Juez del Juzgado de Letras, Garant a y Familia de Ais n,ó í é que se individualizada en la firma electr nica avanzada, estampadaó en la presente resoluci n al pie de p gina.ó á En Ays né a uno de junio de dos mil veinte, se notific por el estado diario laó resoluci n precedente.ó fvg 2020-06-01T16:53:08-0400 2020-06-01T17:40:46-0400
Texto Completo (Preview)
TEQVPXYXXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Is
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