SIN INFORMACION

ROJAS/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

17 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Diego Toledo González, abogado, en favor de Eddy Rafael Rojas Colmenares, interponiendo acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la omisión del pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, infringiendo su garantía contenida en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que el 15 de abril de 2020, el recurrente solicitó la permanencia definitiva ante la autoridad migratoria, sin embargo, revisando el estado de su solicitud el 11 de enero del año en curso, constató que la misma tenía un 88% de avance, pese a haber transcurrido casi 2 años desde el inicio de su tramitación. Alega que lo anterior contraviene los artículos 4, 7 y 27 de la Ley N°19.880, además de vulnerar su garantía precedentemente invocada, solicitando que se acoja el presente recurso, ordenándole a la autoridad migratoria a que emita pronunciamiento de su petición, con costas. SEGUNDO: Que, informando la abogada Carolina Fernandoy, por la recurrida, solicita que la acción de protección sea rechazada en todas sus partes, así como la condena en costas, ya que no se configurarían los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías amparadas por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, pues la solicitud del interesado actualmente se encuentra en trámite, en etapa de análisis resolutivo, manteniendo situación migratoria regular en el territorio nacional. Hace mención al artículo 41 del Decreto Ley N° 1.094, Ley de Extranjería y artículos 81, 133 y 157 del Reglamento de aquel cuerpo de leyes, además del artículo 27 de la Ley N° 19.880, señalando que el Servicio ha actuado con estricto apego a la Constitución y a las normas dictada co

Fallo

por tanto, la dilación del recurrido en el pronunciamiento sobre la solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la parte recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes con una respuesta formal y oportuna en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente.  Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 N° 2 y 20 de la Constitución Política de la República, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido por Diego Toledo González, en favor de Eddy Rafael Rojas Colmenares, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, hoy Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se ordena a la autoridad recurrida, como medida para restablecer el imperio del derecho, emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva pendiente, dentro del plazo de 30 días hábiles. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-532-2022. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral, e integrada, además, ´por la ministra señora Carolina S. Brengi Zunino y el ministro señor Tomás Gray Garia

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Diego Toledo González, abogado, en favor de Eddy Rafael Rojas Colmenares, interponiendo acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la omisión del pronunciamiento de la solicitud de permanencia definit

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