MONTECINOS CASTRO IGNACIO ANDRÉS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
17 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Juan Herrera Naranjo, en favor de Ignacio Andrés Montecinos Castro, recluido en el CDP Santiago Sur, e interpone acción de amparo contra la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de Santiago, del mes de abril de 2022, por haber incurrido ésta en un acto ilegal y arbitrario al rechazar la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional. Expone que el recurrente cumple con todos los requisitos, no obstante lo cual el beneficio le fue rechazado, siendo la decisión de la recurrida ilegal, al existir una dicotomía entre los antecedentes aportados y la conclusión a la que llegó la comisión, sumado a la falta de fundamentación de la resolución recurrida, pues no hay antecedentes de hecho ni de derecho que respalden el rechazo. Califica, asimismo, lo decidido como arbitrario, pues tomó como fundamento lo señalado por Gendarmería de Chile sin considerar el soporte familiar, laboral y personal del amparado, razones por las que solicita se acoja el presente recurso, disponiendo que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando que se concede tal beneficio. SEGUNDO: Que informa la secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, doña Olga Alarcón, señalando que, por resolución de 14 de abril pasado, se resolvió, por unanimidad, rechazar la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado, cuyo fundamento fue “Que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra por tres delitos de robo con intimidación (condenado a la pena de 3 años y un día, 3 años y un día, 15 días por concepto de multa y 5 años y un día), e “Informe de Postulación Psicosocial” con su correspondiente documentación de respaldo, ponderados por esta Comisión con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 otorga, se
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo y artículos 2° N° 3 del D.L. N° 321 de 1925 y 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Ignacio Andrés Montecinos Castro, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. N°Amparo-1485-2022. Pronunciada por la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral e integrada, además, por la ministra Carolina Brengi Zunino y el ministro señor Tomás Gray Gariazzo. En Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Juan Herrera Naranjo, en favor de Ignacio Andrés Montecinos Castro, recluido en el CDP Santiago Sur, e interpone acción de amparo contra la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de Santiago, del mes de abril de 2022, por haber i
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica