SIN INFORMACION

CABEZA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE INTERIOR

Rol

Fecha

17 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, en favor de doña Wuilliana de los Ángeles Cabeza Araya, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria al no pronunciarse sobre su solicitud de permanencia definitiva de 23 de septiembre de 2020, lo que vulnera su garantía fundamental del artículo 19 Nº2 de la Constitución Política de la República. Solicita que se acoja su acción y se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Señala que la extranjera, en la fecha ya señalada, solicitó permanencia definitiva a través de la plataforma online de la recurrida, adjuntando toda la documentación requerida para dicho trámite. Dicha solicitud N°10789396 rola a folio 8757119. Afirma que, hasta el día de hoy, no ha tenido una respuesta, estimando que ello afecta el derecho a la igualdad ante la ley, al no resolverse dicha solicitud habiendo transcurrido un año desde su presentación, la omisión administrativa cometida atenta además contra los artículos 4, 7, 8, 14 y 27 de la Ley 19.880 sobre Bases del Procedimiento Administrativo y, por ende, es una omisión ilegal. Por su parte, al introducirse esta demora sin justificación legal o reglamentaria alguna y al establecerse por la autoridad dos categorías de extranjeros, aquellos cuya resolución de visa ocurre dentro de un plazo razonable y aquellos que no, se trata de una omisión que además es arbitraria. Alega que la amparada está impedida, por la ausencia de un acto administrativo de la autoridad, de usar su cédula de identidad, con el consiguiente menoscabo para realizar trámites de cualquier clase, acreditar su identidad, o incluso solicitar pase de movilidad y hacer valer su esquema de vacunación, en el marco de las restricciones sanitarias actuales causadas

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en favor de Wuilliana de los Ángeles Cabeza Araya. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Protección-157-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, conformada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y la Ministra señora Jenny Book Reyes.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, en favor de doña Wuilliana de los Ángeles Cabeza Araya, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria al no pro

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