COLLIO ACUÑA REINALDO GUSTAVO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
17 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional doña Linda Susana Catalán Appelgren, abogada, en favor de los intereses de Reinaldo Gustavo Collio Acuña, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, correspondiente al primer semestre del presente año, sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indicó que la decisión de la Comisión no se ajustó a derecho, por cuanto el amparado, si bien se encuentra cumpliendo una pena, de 15 años y 1 día de privación de libertad, por los delitos de robo con intimidación y robo con violencia, cumple a cabalidad con todos los requisitos objetivos exigidos por el artículo 2º del Decreto Ley Nº 321. Del mismo modo, postuló la ilegalidad en el obrar de la recurrida toda vez que se rechazó el beneficio de libertad condicional sin señalar una adecuada fundamentación, ni considerar la conducta sobresaliente del interno, consistente en una muy buena conducta los cuatro bimestres anteriores a su postulación, sin evaluar correctamente sus avances consistentes en la participación en actividades laborales como mozo, participar satisfactoriamente en talleres, contar con red de apoyo familiar, entre otros avances. Previas citas jurisprudenciales, Constitucionales y legales, solicitó que se acoja el recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y disponer que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando en su lugar que se concede el beneficio de libertad condicional al amparado. SEGUNDO: Que, informando doña Olga Alarcón Bustamante, secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 14 de abril de los corrientes se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido de los antecedentes acompañados a su postulación, de los que es posible advertir la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Si bien es efectivo que el tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional se cumple en este caso, lo cierto es que el ordenamiento jurídico es el que entrega parámetros para la determinación de lo que se debe comprender por pena racional y justa, y parte del imperativo que la sanción a imponer por todo delito sea proporcional a este, lo que el legislador ha explicitado categorizando las conductas como crímenes, simples delitos y faltas, siendo en este caso un comportamiento delictivo que condujo a una pena de crimen, es decir, de
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Reinaldo Gustavo Collio Acuña en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1510-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, conformada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y la Ministra señora Jenny Book Reyes.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 6: a sus antecedentes. Proveyendo el escrito folio 7: téngase presente. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional doña Linda Susana Catalán Appelgren, abogada, en favor de los intereses de Reinaldo Gustavo Collio Acuña, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario San
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