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Rol
Fecha
20 de mayo de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 8 N° 9 de la Ley 18.101 y los artículos 90, 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Jacqueline Asmussen Blanco, en contra de la resolución de fecha veintidós de abril de dos mil veintidós, escrita a folio 10 de cuaderno de Incidente de Nulidad de lo Obrado, por haberse deducido en contra de resolución inapelable, atendida la naturaleza jurídica de la resolución contra la cual se recurre. Devuélvase. N°Civil-647-2022. (sac)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Jacqueline Asmussen Blanco, en contra de la resolución de fecha veintidós de abril de dos mil veintidós, escrita a folio 10 de cuaderno de Incidente de Nulidad de lo Obrado, por haberse deducido en contra de resolución inapelable, atendida la naturaleza jurídica de la resolución contra la cual se recurre. Devuélvase. N°Civil-647-2022. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinte de mayo de dos mil veintidós. Vistos: Que atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 8 N° 9 de la Ley 18.101 y los artículos 90, 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Jacqueline Asmussen Blanco, en contra de la resolución de fecha veintidós de abril
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