PIZARRO ROGAZY CARLOS ANTONIO / GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
16 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Scarlett Morales Carquin, dedujo acción constitucional de amparo en favor de Carlos Antonio Pizarro Rogazy, actualmente interno en el Complejo Penitenciario de Valdivia, en contra de Gendarmería de Chile, solicitando que se ordene su traslado a algún recinto de la región metropolitana Funda su acción, en que el amparado es su pareja y padre de sus hijos, que ha sido varias veces expulsado de módulo, ha sufrido varias agresiones y amenazas, siendo internado en Hospital Base de Valdivia y no tendría módulo al que volver Agrega que no tiene medios económicos para visitarlo en Valdivia y que está a sólo cuatro meses de obtener su libertad. Segundo: Que, informando al tenor del recurso, Marcelo Andrades Núñez, Mayor de Gendarmería de Chile, Alcaide del Complejo Penitenciario de Valdivia, solicita su rechazo, señalando que Gendarmería ha adoptado las medidas necesarias para el resguardo de la integridad física y psíquica del imputado, clasificándolo en una dependencia según su nivel de peligrosidad y luego trasladándolo a otro módulo por razones de seguridad, por haber sido herido por otro interno. Respecto de la factibilidad técnica del traslado, transcribe la respuesta del Jefe del Departamento de Control Penitenciario, que indica que el CDP Santiago Sur está sobrepoblado en un 8% y no tiene capacidad para recibir al interno. Por otra parte, el condenado no califica para CDP Colina I, porque tiene un saldo de pena inferior a un año y no tiene buena conducta. De hecho, fue trasladado desde allá para el penal de valdivia, en septiembre de 2021, por razones de seguridad. En forma excepcional, se le ofrece un cupo para el penal de Rancagua, para lo que se requiere resolución judicial y el cumplimiento de los protocolos sanitarios. Tercero: Que el recurso de amparo, previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional, cuyo propósito consiste en obtener de los Tribunales Superior
Fallo
Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política, SE ACOGE, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Carlos Antonio Pizarro Rogazy y se ordena a la recurrida disponer el traslado del amparado al recinto penitenciario de Rancagua, siempre que el interno consintiere en ello, adoptando los resguardos necesarios. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Amparo 102-2022
Texto Completo (Preview)
Valdivia, dieciséis de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Scarlett Morales Carquin, dedujo acción constitucional de amparo en favor de Carlos Antonio Pizarro Rogazy, actualmente interno en el Complejo Penitenciario de Valdivia, en contra de Gendarmería de Chile, solicitando que se ordene su traslado a algún recinto de la región metropolitana Funda su acción,
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