SIN INFORMACION

RABANAL CASAS ERIKA KATTE / CARVAJAL ANGELICA

Rol

Fecha

16 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que doña Erika Katte Rabanal Casas, domiciliada en Monjitas N*879 depto 901, Santiago, interpone recurso de protección a favor de su madre Clotilde Casas Sifuentes, del mismo domicilio y en contra de doña Angélica Carvajal, administradora del edificio ubicado en calle Monjitas N* 879, Santiago, por el acto arbitrario e ilegal consistente en haberle cortado el suministro eléctrico. Explica que el día 12 de enero de 2021, la recurrida dio orden de corte de suministro eléctrico respecto de su departamento, siendo que su madre es electrodependiente, debido a un cáncer pulmonar, y que la administración tiene copia del certificado médico desde el año 2020, exponiendo de esta manera la integridad física y la vida de la recurrente Hace presente que tiene pagados los gastos comunes correspondientes. Solicita que le repongan el suministro eléctrico para preservar la vida de su madre. SEGUNDO: Que evacúa informe el abogado Fernando Suau García, en representación de la recurrida señora Angélica Carvajal Fuenzalida, solicitando el rechazo del recurso en razón de no existir actos u omisiones arbitrarios o ilegales, que produzcan privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República de Chile. Haciendo presente que la energía eléctrica fue repuesta el día 17 de enero de 2022, expone que el Edificio Comunidad Plaza de Armas se compone de más de 420 unidades que se dividen entre departamentos y locales comerciales, que la deuda actual de gastos comunes morosos es de $78.879.943.-, lo que significa tres veces el gasto común de cada mes, algo que hace imposible poder subsistir y cada mes se debe cortar la energía eléctrica a más de 70 unidades, ya que es la única forma de poder cubrir los gastos de la comunidad. Indica que la recurrida no es la administradora de la comunidad, ella es la Presidenta del Comité de Administración que está ejerciendo las facultades que le otorga

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge el recurso de protección deducido por Erika Katte Rabanal Casas en contra de doña Angélica Carvajal Fuenzalida, en su calidad de Presidenta del Comité de Administración, y a efectos de restablecer el imperio del derecho, se dictamina que manteniendo doña Clotilde Casas Sifuentes su condición de paciente electro dependiente, mientras resida en el departamento N°901, del edificio emplazado en calle…Monjitas N*879, de la comuna de Santiago, no puede en caso alguno disponerse la suspensión del servicio eléctrico a la aludida unidad, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-284-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que doña Erika Katte Rabanal Casas, domiciliada en Monjitas N*879 depto 901, Santiago, interpone recurso de protección a favor de su madre Clotilde Casas Sifuentes, del mismo domicilio y en contra de doña Angélica Carvajal, administradora del edificio ubicado en calle Monjitas N* 879, Santiago, p

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