SIN INFORMACION

MARRERO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

16 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

VISTOS: Al folio N° 1, comparece don JORGE MANUEL LENA SALGADO, abogado, en favor de ARLEY RAMÓN MARRERO PÉREZ, e interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Alvaro Bellolio Avaria, Ingeniero Civil Industrial, con domicilio en Matucana 1223, comuna Santiago, Región Metropolitana por la omisión ilegal y arbitraria de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, solicitada con fecha 12 de septiembre de 2019, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Indica que el recurrente de nacionalidad cubana, ingresó al país con visa de trabajo, estando dentro del país cambio su condición migratoria a residente temporario por visa otorgada, según consta en estampado de visa que se acompaña al primer otrosí de esta presentación, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Agrega que con fecha 12 de septiembre de 2019, previo al vencimiento de su visa como residente temporario don ARLEY RAMÓN MARRERO PÉREZ, solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, según consta en solicitud N°1324924 que se acompaña al recurso. Sin embargo, a la fecha la recurrente no ha recibido ninguna respuesta por parte de la recurrido, ni se ha liberado la orden de giro correspondiente al beneficio solicitado, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. OMISIÓN RECURRIDA Y DERECHO CONSTITUCIONAL VULNERADO Las garantías y derechos constitucionales que resultan afectados lo son por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta de solicitud de permanencia definitiva, esto es, desde

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se declara que SE OMITE PRONUNCIAMIENTO respecto del recurso de protección deducido por don JORGE MANUEL LENA SALGADO, abogado, en favor de ARLEY RAMÓN MARRERO PÉREZ, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile. Regístrese y archívese. Rol N° Protección-2303-2022.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de mayo de dos mil veintidós. Al folio N° 15: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS: Al folio N° 1, comparece don JORGE MANUEL LENA SALGADO, abogado, en favor de ARLEY RAMÓN MARRERO PÉREZ, e interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Se

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