SIN INFORMACION

GONZÁLEZ / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

16 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: En folio 1, se interpone recurso de protección en favor de doña Lendy Gonzalez Gutiérrez, nacionalidad cubana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento de su solicitud de visa de residencia definitiva, formulada con fecha con 04 de Diciembre de 2020 bajo el número de solicitud 15407458, circunstancia que afecta su garantía de igualdad ante la ley consagradas en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Pide que se ordene a la parte recurrida que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. En folio 4, se evacua informe en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso de protección. Indica que mediante Resolución Exenta N° 22126916 de fecha 7 de marzo de 2022 del Servicio Nacional de Migraciones, se aprueba el avance de solicitud de permanencia definitiva del extranjero a la etapa de Evaluación intermedia, lo que implica el análisis documental y validación de los antecedentes del solicitante. Refiere que, a consecuencia de lo anteriormente expuesto, estando en tramitación la solicitud de la extranjera se deriva que mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, por lo que no existe actualmente un acto que genere vulneración, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, por lo que no es posible argüir que ese Departamento del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ha actuado de forma vulneratoria de las garantías fundamentales contenidas y protegidas por la Constitución Política de la República. En folio 12, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge el recurso de protección deducido a favor de doña Lendy Gonzalez Gutiérrez, contra el Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se ordena que la entidad recurrida deberá pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, dictando la resolución que corresponda atendido el estado de tramitación, dentro del término de treinta días hábiles. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Letelier, quien estuvo por rechazar el recurso deducido, pues, atendida la gran cantidad de solicitudes que debe resolver la recurrida, aunado a la emergencia sanitaria, la resolución de la solicitud de la parte recurrente se ha visto retrasada, no obstante, dicha demora no le causa perjuicio ya que ésta mantiene visa temporaria y cuenta con situación migratoria regular. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-46350-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Valparaíso, dieciséis de mayo de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, se interpone recurso de protección en favor de doña Lendy Gonzalez Gutiérrez, nacionalidad cubana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento de su solicitud de visa de residencia definitiva, formulada con fecha con 04 de Diciembre de 2020 bajo el

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica