7º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

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Rol

Fecha

17 de mayo de 2022

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos y teniendo presente:          Que, en lo que respecta a los juicios de menor cuantía, el recurso de apelación deducido contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el Juez tendrá por interpuesto el recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio. El apelante deberá reproducirlo dentro de los cinco días subsiguientes al de la notificación de la sentencia y en virtud de esta reiteración, lo concederá el tribunal. En mérito de lo anteriormente expuesto y lo dispuesto en el artículo 698 del Código de Procedimiento Civil y no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, el cinco de abril de dos mil veintidós, en contra de la resolución que recibe la causa a prueba de veinticinco de octubre de dos mil veintiuno. Regístrese y devuélvase. N°Civil-6074-2022.

Texto Completo (Preview)

iob C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veintidós. Al folio 3; aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente:          Que, en lo que respecta a los juicios de menor cuantía, el recurso de apelación deducido contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, e

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