SIN INFORMACION

BOBADILLA VIGO MIGUEL ANGEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

13 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional don Rodrigo Torres Jurado, abogado, en favor de los intereses de Miguel Ángel Bobadilla Vigo, interno en el Centro de Detención Penitenciaria Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al mes de abril del año 2022- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indicó que la decisión de la Comisión no se ajustó a derecho, por cuanto el amparado, si bien se encuentra cumpliendo una condena en el centro de detención indicado, cumple a cabalidad con todos los requisitos objetivos exigidos por el artículo 2º del Decreto Ley Nº 321. Del mismo modo, postuló la ilegalidad en el obrar del recurrido toda vez que se rechazó el beneficio de libertad condicional sin considerar los avances que el amparado ha vivenciado en el penal, como lo es contar con estudios e inscrito en talleres, además de mantener una calificación de conducta “muy buena” por al menos los seis bimestres anteriores a su postulación al beneficio respectivo. Previas citas legales y constitucionales, solicitó que se acoja el recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y disponer que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando en su lugar la libertad condicional del amparado. SEGUNDO: Que, informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 14 de abril de los corrientes se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo y de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. Puntualizó que la resolución de rechazo señaló “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante posee un nivel de reincidencia medio, arrojando riesgo de reincidencia alto en utilización de tiempo libre, actitud pro criminal y específicamente en relación a la comisión de delitos sexuales. Fue condenado por cuatro delitos de violación, todos bajo el mismo mecanismo mientras se desempeñaba como taxista. Si bien es capaz de reconocer la comisión de delitos, no es capaz de reconocer las motivaciones para perpetrarlos ni se aprecia empatía hacia sus víctimas, evidenciándose un arrepentimiento superficial. Se requiere un proceso de intervención intensivo y continuo que aborde los factores de riesgo con potencial crimin

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Miguel Ángel Bobadilla Vigo, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1435-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional don Rodrigo Torres Jurado, abogado, en favor de los intereses de Miguel Ángel Bobadilla Vigo, interno en el Centro de Detención Penitenciaria Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la

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