1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

FIGUEROA/SALCOBRAND S.A **

Rol

Fecha

12 de mayo de 2022

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: En estos autos RIT Nº T-304-2020, RUC Nº 2040252048-6, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de once de agosto de dos mil veintiuno, el juez de dicho tribunal don Eduardo Ramírez Urquiza, acogió la demanda de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales interpuesta por Rolando Figueroa Celis en contra de Salcobrand S.A., sólo en cuanto condenó a la demandada al pago de daño moral y feriado, rechazando en todo lo demás la denuncia y demanda subsidiaria de despido indirecto y cobro de prestaciones, sin costas. Contra ese fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, haciendo valer las causales que refiere, de la manera que explica: respecto de aquella parte de la sentencia que rechazó la acción de despido indirecto, interpone dos causales subsidiarias: (i) causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo; y (ii) la del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración del artículo 5 inciso segundo del Código Laboral, en relación con el artículo 7 y 171, ambos del código precitado. Respecto de aquella parte de la sentencia que rechazó la denuncia de tutela laboral, interpone dos causales subsidiarias: (i) causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con los numerales 4 y 5 del artículo 459 del citado cuerpo legal y; (ii) motivo de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración del artículo 5 inciso primero y segundo, 7 171 y 489, todos del Código Laboral, por lo que pide declarar la nulidad de la sentencia recurrida respecto de los dos capítulos de nulidad propuestos en el recurso, de ambos o de alguno de ellos, manteniendo lo resuelto respecto del feriado legal y proporcional y respecto de la acción indem

Fundamentos

Considerando: I. En cuanto al recurso de nulidad de la parte demandante. Primero: Que la parte demandante deduce como causal de su recurso de nulidad la contemplada en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, señalando que se rechazó la demanda despido indirecto por considerarse que el actor no ejercitó el auto despido inmediatamente de ocurrido los hechos o durante su padecimiento. Refiere que los hechos determinados en el

Fallo

fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, haciendo valer las causales que refiere, de la manera que explica: respecto de aquella parte de la sentencia que rechazó la acción de despido indirecto, interpone dos causales subsidiarias: (i) causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo; y (ii) la del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración del artículo 5 inciso segundo del Código Laboral, en relación con el artículo 7 y 171, ambos del código precitado. Respecto de aquella parte de la sentencia que rechazó la denuncia de tutela laboral, interpone dos causales subsidiarias: (i) causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con los numerales 4 y 5 del artículo 459 del citado cuerpo legal y; (ii) motivo de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración del artículo 5 inciso primero y segundo, 7 171 y 489, todos del Código Laboral, por lo que pide declarar la nulidad de la sentencia recurrida respecto de los dos capítulos de nulidad propuestos en el recurso, de ambos o de alguno de ellos, manteniendo lo resuelto respecto del feriado legal y proporcional y respecto de la acción indemnizatoria de daño moral, dictándose sentencia de reemplazo conforme a la ley,

Texto Completo (Preview)

Santiago, doce de mayo de dos mil veintidós. Visto: En estos autos RIT Nº T-304-2020, RUC Nº 2040252048-6, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de once de agosto de dos mil veintiuno, el juez de dicho tribunal don Eduardo Ramírez Urquiza, acogió la demanda de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales interpuesta por Rolando Figueroa Celis en contra

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