SIN INFORMACION

EN FAVOR DE VICTOR LOPEZ/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

12 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Compareció doña Karen Yu-Yen Bustíos Wong, abogada, domiciliada en Morandé 626, comuna de Santiago, en representación del condenado Víctor Miguel López Orrego, cédula de identidad N°13.098.731-1, privado de libertad en el C.D.P Rancagua, deduciendo recurso de amparo en contra de contra de Gendarmería de Chile, específicamente en contra del Consejo Técnico del Complejo Penitenciario Rancagua, resolvió negar la solicitud de beneficios intrapenitenciarios al amparado. Manifiesta que el amparado se encuentra actualmente recluido en C.P Rancagua, cumpliendo una condena. Durante el mes de marzo del año 2022 se lleva a cabo la sesión del Consejo Técnico de dicho recinto, a fin de evaluar las postulaciones a beneficios intrapenitenciarios de los condenados que, cumpliendo los requisitos formales, presentaron solicitud para ser evaluados. El cual está compuesto por: Alcaide, Jefe Operativo, Jefe Interno, Jefe del Área Técnica, Coordinador Educacional y Encargado Laboral. De acuerdo con lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, Víctor Miguel López Orrego se encuentra habilitado para postular al beneficio en cuestión, cumpliendo con las exigencias establecidas para ello. Sin perjuicio de lo anterior, dicha sesión del Consejo Técnico rechaza, por mayoría, la postulación sin dar a conocer, los

Fundamentos

fundamentos que motivaron la decisión, obviando los antecedentes de buena conducta y los grandes avances en su reinserción social. Indica que los permisos de la salida buscan dar mayores espacios de libertad y en la medida que se vayan cumpliendo satisfactoriamente, acceder a cada vez mayores espacios que le permitan reforzar su conducta pro social. Pide revocar la resolución señalada y disponer la concesión de dichos beneficios a su representado, sin perjuicio de otras medidas que se estimen pertinentes. Acompaña acta de notificación de rechazo con fecha 9 de marzo de 2022. Evacuando su informe, Jaime Enrique Oda Campla, abogado, en representación de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, solicita el rechazo del recurso. Indica que el día 3 de febrero del presente año se realizó la sesión ordinaria N°2, del Consejo Técnico del establecimiento penitenciario, constando allí la solicitud N°33, en la hoja 116, del interno recurrente, y al análisis que realiza cada uno de los integrantes del Consejo Técnico. Como conclusión del estudio de los antecedentes se señala que se rechaza la postulación del interno “…dado que este aún no se encuentra en condiciones óptimas para iniciar una salida progresiva al medio libre, necesita seguir mostrando avances significativos,

Fallo

por tanto se sugiere un mayor período de intervención y observación, debiendo seguir participando de los distintos programas de reinserción social”. Dicha determinación fue adoptada de manera unánime por los integrantes del Consejo Técnico, y se encuentra fundamentada en las normas establecidas en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. En virtud de lo referido precedentemente, y teniendo presente que la conducta de los funcionarios de Gendarmería no puede ser calificada como arbitraria ni ilegal. Acompaña copia del documento denominado Acta sesión N°2, del Consejo Técnico, de fecha 3 de febrero del año 2022. A folio 12 la recurrida acompaña copia del informe sicosocial del amparado. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción constitucional de amparo interpuesta procede conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República a favor de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de las normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado SEGUNDO: Que en la especie, se recurre en contra de la decisión de Gendarmería de Chile, de rechazar la solicitud de

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Rancagua, doce de mayo de dos mil veintidós. Vistos: Compareció doña Karen Yu-Yen Bustíos Wong, abogada, domiciliada en Morandé 626, comuna de Santiago, en representación del condenado Víctor Miguel López Orrego, cédula de identidad N°13.098.731-1, privado de libertad en el C.D.P Rancagua, deduciendo recurso de amparo en contra de contra de Gendarmería de Chile, específicamente en contra del Cons

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