SIN INFORMACION

TAPIA SAAVEDRA CARLOS ANDRES/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

11 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional doña Jeannette del Pilar Cofre Soto, abogada, en favor de los intereses de Carlos Andrés Tapia Saavedra, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, correspondiente al primer semestre del año 2022, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indica que el amparado se encuentra cumpliendo la pena de 6 años como autor del delito de homicidio simple en grado de desarrollo frustrado, de 100 días por el delito de lesiones menos graves, iniciada el 2 de mayo de 2019, con 651 días de abono; y en razón de cumplir con el tiempo mínimo y buena conducta fue postulado al beneficio por el Tribunal de conducta de la unidad penal. Sostiene que del mérito de los antecedentes contenidos en el informe, queda en evidencia que su representado ha tenido una evolución positiva desde el punto de vista familiar, demostrando una evidente evolución en su proceso de reinserción y

Fallo

por tanto se reúnen los requisitos exigidos por el Decreto Ley 321 para la concesión de la Libertad Condicional. Manifiesta que a pesar que si existe un informe psicosocial de Gendarmería de Chile, que pudiera no recomendar otorgar la Libertad Condicional, éste no resulta suficientemente categórico para demostrar que el amparado no presenta avances en su proceso de reinserción social al momento de postular a la Libertad Condicional, conforme lo expresa claramente el Decreto Ley 321, que en su artículo 1° claramente orienta el sentido del contenido posterior del mismo. Solicita que se acoja el recurso ordenando, como medida para restablecer el imperio del derecho dejar sin efecto la resolución, por no ajustarse a derecho, ordenando su concesión y seguir a su respecto los pasos establecidos en el reglamento. SEGUNDO: Que, informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 14 de abril del año en curso se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo y de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. Sostiene que la resolución de rechazo e

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de mayo de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional doña Jeannette del Pilar Cofre Soto, abogada, en favor de los intereses de Carlos Andrés Tapia Saavedra, interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber r

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