SIN INFORMACION

ARANEDA FAÚNDEZ ERWIN ALVARO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

11 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional don Diego Barra Miranda, abogado, en favor de los intereses de Erwin Araneda Faúndez, interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, correspondiente al primer semestre del año 2022, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indicó que al reunir el amparado todos los requisitos impuestos por los numerales segundo a cuarto del artículo 2 del DL 321, resulta ilegal la negativa a reconocerle el derecho a la libertad condicional. Por otro lado, la falta de descripción completa y especifica de los requisitos incumplidos, al tenor de los antecedentes tenidos a la vista al sesionar la Comisión, y cómo llega a tal conclusión constituye una infracción al deber de fundamentación a que se encuentran sujetos los órganos del Estado, razón que además la hace arbitraria, especialmente por no hacerse cargo y entrar en derecha contradicción con el Informe de Postulación Psicosocial de Libertad Condicional. Hace presente que el amparado tiene cumplido satisfactoriamente más de dos tercios de la pena, su conducta ha sido desde los últimos 8 meses ha sido calificada como “Muy Buena”, ha efectuado trabajos con regularidad y se encuentra con buenas perspectivas laborales para ingresar al medio libre. Solicita que se acoja el recurso disponiendo que se decreta la libertad condicional del amparado, y que deberá disponerse lo necesario para su ejecución. SEGUNDO: Que, informando doña Olga Alarcón Bustamante, Secretaria de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 14 de abril del año en curso se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo y de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. Sostiene que la resolución de rechazo expresó “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que, si bien es cierto el postulante es un interno de mediano compromiso delictual, arroja un alto riesgo de reincidencia ya que presenta áreas sensibles para su reintegro al medio libre, como son su historia delictual, educación empleo, uso de tiempo libre y pares. Su proyecto de vida no es claro y depende de terceros, sus intereses no son claros. Se aprecia una deficiente capacidad de resolución de conflictos/ habilidades de autocontrol. Además minimiza factores de riesgo que podrían incidir en la comisió

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Erwin Álvaro Araneda Faúndez en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1345-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, conformada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y la Ministra señora Jenny Book Reyes.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de mayo de dos mil veintidós. Proveyendo los escritos folios 7 y 8: a todo, téngase presente. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de amparo constitucional don Diego Barra Miranda, abogado, en favor de los intereses de Erwin Araneda Faúndez, interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Co

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