CARLOS MORALES BENITEZ / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
11 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, en representación de Carlos José Morales Benítez, interponen recurso de protección en su favor y en contra del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, a fin que se restablezca el imperio del derecho frente a la omisión ilegal y arbitraria consistente en la omisión de pronunciamiento respecto a la solicitud de reconsideración de permanencia definitiva del recurrente de 14 de julio de 2021, por lo que, estiman afectada la garantía constitucional contemplada en el numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880, solicitando se acoja a tramitación ordenando a la recurrida que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Exponen que el recurrente ingresó a nuestro país en calidad de turista, luego cambia su condición migratoria a residente temporario por visa otorgada, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Añaden que el 29 de septiembre de 2019, previo al vencimiento de su visa de residencia temporaria, solicitó su permanencia definitiva, comprobante de solicitud N°1513200. Precisan que mediante Resolución Exenta N°81993 de fecha 22 de junio de 2021, se rechazó su solitud de permanencia definitiva, y se otorga en subsidio una visa de residencia temporaria, al considerar que carece de recursos económicos que le permitan vivir en Chile Precisan que el 14 de julio de 2021, el actor interpuso recurso de reconsideración de permanencia definitiva en contra de la R.E. N°81993 sin recibir respuesta de extranjería lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre. Segundo: Que, comparecen Antonio Henríquez Beltrán y Camila Cortés Palma, abogados, en re
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas el recurso de protección interpuesto en favor de Carlos José Morales Benítez, dirigido en contra del Departamento de Extranjería y Migración. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N° 309-2022 Protección.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó contra el recurso la abogado señora Nicole Sánchez. San Miguel, 11 de mayo de 2022. Andrea Román Bravo, Relatora. San Miguel, once de mayo de dos mil veintidós. Proveyendo escrito folio 37159: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: A sus antecedentes. Proveyendo escrito folio 37204: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero:
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