SIN INFORMACION

CINTIA TATIANA LAGOS VICENCIO/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

11 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente Primero: Que doña Lidia Vicencio Peña comparece en nombre de Cintia Lagos Vicencio, interna en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago, recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Expone que tiene temor de que a la amparada la trasladen de recinto, refiere que ella vive en Santiago y tiene dos hijas pequeñas que no la ven hace un año. Agrega además que le quedan 20 meses para su libertad, la quiere viva y no muerta, tiene apoyo familiar en Santiago, por lo que solicita su permanencia en el patio de la (Sección) católica del Centro Penitenciario de San Joaquín. Añade que en el patio dos más de 20 mujeres le pegaron y la llevaron a la (Sección) católica donde se encontraba muy bien hasta que salió a visita y las demás internas le gritaban que la iban a matar, al llegar al patio le iban a pegar y por eso la cambiaron de dependencia. Segundo: Que, informó al tenor del recurso doña Valeria Orrego Caro, abogada en representación de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería. Señala que la amparada actualmente se encuentra con segmentación agotada en el centro, debido a que al ingresar a la unidad penal manifestó tener problemas con un gran número de reclusas de las distintas dependencias del recinto, siendo segmentada en primera instancia en el patio N° 1 luego como medida de seguridad es derivada al patio N° 2 y después a la sección Santa Teresa, con la finalidad de resguardar su integridad física, siendo reubicada en la sección comunidad Católica dependencia destinada a internas condenadas primerizas y reincidentes de todos los compromisos delictuales con orientación católica y que cumplan con el régimen de la sección, lugar en que se solicita mantener un buen comportamiento. Relata los siguientes antecedentes: Parte N° 521 de fecha 29 de abril de 2022, en que se señala que posterior al término de su cuarentena la interna es derivada a clasificación para verificar segmentación, siendo trasladada a la sección patio 1, m

Fundamentos

motivos que preceden, constando que la autoridad en contra de la que se ha dirigido la presente acción ha actuado en el marco de las prerrogativas legales y reglamentarias previstas en relación al traslado de los internos, la acción constitucional ejercida en los antecedentes no podrá prosperar.          Y visto, también, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Cintia Lagos Vicencio.          Sin perjuicio de lo resuelto, Gendarmería de Chile deberá adoptar las medidas que resulten pertinentes con la finalidad de resguardar la integridad física de la persona respecto de la cual se recurre, evitando su reubicación en el lugar en el que fue agredida, y comunicándole el o los recintos que se propongan para los efectos de su traslado, a fin de que la condenada pueda expresar lo pertinente.          Comuníquese lo anteriormente decretado por la vía más rápida.          Regístrese y archívese, en su oportunidad.          N° 265-2022 Amparo.-

Texto Completo (Preview)

San Miguel, once de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente Primero: Que doña Lidia Vicencio Peña comparece en nombre de Cintia Lagos Vicencio, interna en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago, recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Expone que tiene temor de que a la amparada la trasladen de recinto, refiere que ella vive en Santiago y tiene dos hijas pequeñas qu

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