SIN INFORMACION

LÓPEZ / CARABINEROS DE CHILE

Rol

Fecha

11 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio uno, comparece José Patricio Figueroa Sapiains, licenciado en derecho, a nombre de Claudio Oscar López Ortega, ingeniero Agrónomo, y deduce Acción de Protección en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en contra de Carabineros de Chile, representado a través de Ricardo Alex Yáñez Reveco, General Director de Carabineros de Chile, por los actos arbitrarios e ilegales, que producen privación, perturbación y amenaza al legítimo ejercicio de los derechos y garantías, contemplados en el Art. 19, inc.2º del nº 2, en consideración de los siguientes argumentos de hecho y de derecho que expone. Señala que, con fecha martes 01 de marzo del 2022, el recurrente concurrió a las dependencias de la Tenencia de Carabineros de los Andes, con el objeto de iniciar el trámite de renovación del permiso de transporte de armas de caza y deporte. Que, para estos efectos se entrevistó con el funcionario encargado de esto, Sr. Ramón López, el que, le solicitó una serie de documentos, entre los cuales se encuentra el certificado de antecedentes para fines especiales. Que, al efecto le fueron entregados los documentos requeridos por el funcionario, quién luego de unos minutos le señala que, no puede otorgar el permiso, toda vez que el recurrente actualmente estaría siendo investigado de manera formalizada por el ministerio público por el delito de tráfico en pequeñas cantidades. Explica que, el 22 de junio del año 1999 el SAG (Servicio Agrícola y Ganadero), le otorgó el 1º permiso de Caza Menor, bajo el Registro Nº 14891, el que se ha renovado de forma sistemática, de conformidad a la ley, siendo el último otorgado el 1 de diciembre del 2021, cuya vigencia termina el 31 de diciembre del 2022. Cuenta que el recurrente, durante toda la vida, ha respetado la legislación sectorial respectiva, y en efecto poseé un arma, tipo escopeta Nº de serie L-33563-B, marca BERETTA, doble cañón, calibre 12-12, uso para casa, la que funciona tiro

Fundamentos

considerando: Primero: Que, lo que se ataca a través de este recurso es la negativa arbitraria e ilegal de la recurrida a la solicitud de renovación del permiso de transporte de armas de caza y deporte efectuada por el recurrente. Segundo: Que de lo manifestado por la recurrida, se advierte una discrepancia en la existencia de los hechos discutidos, toda vez que se desconoce por la institución la tramitación del permiso para el transporte del arma que reclama el recurrente. Tercero: Que,

Fallo

por tanto, no constando el Tribunal con ningún antecedente proporcionado por la recurrente que dé cuenta del pronunciamiento administrativo respecto del cual recurre. No se advierten ilegalidades y/o arbitrariedades que afecten la garantía constitucional que se alega. Por lo que se desestimará la acción incoada. Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se resuelve, que se rechaza, el recurso de protección deducido por José Patricio Figueroa Sapiains, a favor de Claudio Oscar López Ortega y en contra de Carabineros de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-14637-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de mayo de dos mil veintidós. Visto: A folio uno, comparece José Patricio Figueroa Sapiains, licenciado en derecho, a nombre de Claudio Oscar López Ortega, ingeniero Agrónomo, y deduce Acción de Protección en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en contra de Carabineros de Chile, representado a través de Ricard

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