MP C/ LAURA ROSA SOTO DIAZ
Rol
Fecha
11 de mayo de 2022
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1.- Que la defensa de la imputada Laura Rosa Soto Díaz, quien se encuentra formalizada como autora del delito de homicidio frustrado, ha apelado de la resolución dictada en audiencia el 4 de mayo en curso, que mantuvo su prisión preventiva, y ha solicitado que ésta sea revocada, cuestionando los requisitos establecidos en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en su lugar se decrete la medida cautelar de privación de libertad parcial en su casa, arraigo nacional y prohibición de acercarse al ofendido o su familia, contempladas en las letras a), d) y g) respectivamente del artículo 155 del mismo Código, o las que esta Corte determine. 2.- Que con los antecedentes expuestos por los intervinientes en esta audiencia, esto es, la exhibición del delantal perforado de la víctima en su parte dorsal, la referencia a la declaración del médico que le atendió, en orden a que la lesión que le fue inferida es potencialmente mortal y los dichos del ofendido en cuanto a que le atribuyen participación directa a la encausada, permite sostener que estos antecedentes justifican la existencia del hecho y la participación de autora en los mismos que le ha correspondido a Laura Soto Díaz. 3.- Que no obsta a la conclusión anterior los cuestionamientos de su defensa, relativos a que el vídeo que se exhibe es una grabación correspondiente a la captura de imagen de otro artefacto tecnológico, pues, no se cuestiona por la defensa la cadena de custodia de tal elemento ni menos el contenido de las imágenes que se contienen en aquella grabación. Igual cosa sucede con las declaraciones de la víctima, ya sea ésta la inicial, la que expuso ante un medio de comunicación social o la que se ha considerado para los efectos de formalización de la imputada, pues en tales declaraciones no hay contradicción sustancial respecto de los hechos investigados en términos que se excluya la participación de la imputada o que se alteren esencialment
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de cuatro de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano en la causa RIT 670-2022, RUC 2200308014-9, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva de la imputada Laura Rosa Soto Díaz. Comuníquese al tribunal a quo y devuélvanse los antecedentes. A los comparecientes se les tiene por notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-444-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, once de mayo del dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1.- Que la defensa de la imputada Laura Rosa Soto Díaz, quien se encuentra formalizada como autora del delito de homicidio frustrado, ha apelado de la resolución dictada en audiencia el 4 de mayo en curso, que mantuvo su prisión preventiva, y ha solicitado que ésta sea revocada, cuestionando
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