SIN INFORMACION

HASAN ALABRAS / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

11 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Nadim El Hayeck Jaddour, abogado, en favor del ciudadano sirio Hasan Alabras, domiciliado en Condell Nº58, comuna de San Bernardo, recurre de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, ambos con domicilio en Matucana 1223, comuna de Santiago, por no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva del extranjero, omisión arbitraria e ilegal que conculca la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Señala que el 9 de marzo de 2021 el extranjero solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, y que hasta la fecha no ha recibido ninguna comunicación por parte de la autoridad. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que ha transcurrido más de un año sin que se resuelva la petición. Esgrime que la recurrida ha infringido lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la ley 19.880, aluden a los principios de celeridad, impulso de oficio y economía procesal que rigen a la administración pública. Pide que se acoja el presente recurso ordenando al recurrido pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva en cuestión en un plazo de 30 días o el que esta Corte estime conforme a derecho, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que, encontrándose válidamente notificada la recurrida, se prescindió de su informe por resolución de 5 de mayo de los corrientes. Sin perjuicio de lo anterior, ésta con posterioridad informó solicitando el rechazo del recurso. Indica que el 9 de marzo de 2021 el recurrente solicitó el permiso de permanencia definitiva, emitiéndose el respectivo comprobante que le permite justificar su residencia mientras se tramita la solicitud, manteniendo, en consecuencia, una situación migratoria r

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de don Hasan Alabras en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que ésta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°357- 2022-Protección. Pronunciada por la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministras Sylvia Pizarro Barahona, Liliana Mera Muñoz y María Alejandra Rojas Contreras.

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que alegó en contra del recurso el postulante Víctor Ramírez González. San Miguel, 11 de mayo de 2022. San Miguel, once de mayo de dos mil veintidós. A los folios 37131, 37139 y 37140: Téngase presente. Al folio 37242: A sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Nadim El Hayeck Jaddour, abogado, en favor del ciudadano sirio Hasan Alabras, domiciliado en Condell N

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