SIN INFORMACION

EN FAVOR DE PEDRO ENRIQUE SALINAS SOTO/CLC RANCAGUA

Rol

Fecha

11 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Con fecha 5 de mayo de 2022, compareció Freddy Acosta Díaz, abogado, Defensor Penal Publico Penitenciario, en representación del condenado PEDRO ENRIQUE SALINAS SOTO, Cédula Nacional de Identidad N° 10287153-7, actualmente privado de, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Peumo, deduciendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Señala que su representado cumple condena en el Centro de Detención Preventiva de Peumo, siendo condenado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando, en causa RIT 151-2018, RUC 1800215644-6, a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de violación de persona menor de catorce años. Expone que cumple con los requisitos establecidos en el DL 321,

Fundamentos

considerando todas las modificaciones introducidas por las leyes N°20.931 y N°21.124, esto es, con el tiempo mínimo de cumplimiento efectivo de su condena, y con los cuatro bimestres de calificación conductual “muy buena” anteriores a su postulación, según se acredita en el informe acompañado al presente amparo. En el proceso de Libertad Condicional, primer semestre del presente año,

Fallo

se resuelve rechazar su postulación en base al mérito del informe psicosocial, pese al cumplimiento de los requisitos antes indicados. Considera que en el caso particular no se requiere informe de postulación psicosocial favorable elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, sino que demuestre avances en su proceso de reinserción social. Así las cosas, los argumentos citados en la resolución que por este acto de impugna, no satisfacen estándares razonables de fundamentación; por cuanto, y como ya se indicó precedentemente, se sustentan solo en las conclusiones del informe emitido para tales efectos, el cual constituye una opinión subjetiva no vinculante. Estima que la decisión conforme lo anterior, se torna ilegal carece de fundamentación y exige estándar mayor a aquel establecido en la ley para acceder a la libertad condicional. Pide que se revoque la decisión adoptada en la causa Rol Penal 540-2022, y que se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional y en definitiva se le conceda al amparado. Evacuando su informe, el Sr. Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, sostuvo que la Ley 21.124 estableció nuevos requisitos, más estrictos, para acceder al beneficio de libertad condicional; concretamente, en su artículo 2 N°3 exige contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincide

Texto Completo (Preview)

Rancagua, once de mayo de dos mil veintidós. Vistos: Con fecha 5 de mayo de 2022, compareció Freddy Acosta Díaz, abogado, Defensor Penal Publico Penitenciario, en representación del condenado PEDRO ENRIQUE SALINAS SOTO, Cédula Nacional de Identidad N° 10287153-7, actualmente privado de, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Peumo, deduciendo recurso de amparo en contra de la Comisi

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