MOWI CHILE S.A. O MARINE HARVEST CHILE SA/JUZGADO DE LETRAS GARANTIA Y FAMILIA DE AYSEN
Rol
Fecha
10 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el abogado don Christian Löbel Emhart, en representación de la ejecutada Mowi Chile S. A., en autos Rit C-3-2021, Ruc 20-4-0285337-K, caratulados “Díaz con Mowi Chile S. A.”, mediante escrito de fecha 21 de marzo de 2022, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el quince de marzo de dos mil veintidós, por la Juez del Trabajo de Aysén doña Dalia Illezca Carrasco, por la que se denegó el recurso de apelación subsidiario, interpuesto por el citado abogado con fecha 05 de enero de 2022, en contra de la resolución dictada el treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno, que reguló las costas personales de la causa, fundamentado en que la resolución apelada sí sería susceptible de ser impugnada por el recurso de apelación, por tratarse de una sentencia interlocutoria que establece derechos permanentes en favor de las partes. SEGUNDO: Que, aparece de los antecedentes contenidos en la carpeta electrónica de la causa Rit C-3-2021, Ruc 20-4-0285337-K, que el recurso de apelación subsidiario deducido por el ejecutado, efectivamente ha sido denegado, fundado en que la resolución impugnada no se encontraría en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 476 del Código del Trabajo, tal como informó la sentenciadora del grado. TERCERO: Que, en tal sentido, el artículo 476 del Código del Trabajo establece que “Sólo serán susceptibles de apelación las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social. Tratándose de medidas cautelares, la apelación de la resolución que la otorgue o que rechace su alzamiento, se concederá en el solo efecto devolutivo. De la misma manera se concederá la apelación de las resoluciones que fijen las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social”. CUARTO: Que, el recurrente de h
Fallo
fallo de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel en autos Rol 304-2020, “…la regulación de costas personales, corresponde a una cuestión accesoria que no posee regla especial al tenor del artículo 470 del Código del Trabajo, por lo que deben aplicarse a su respecto, y de manera supletoria, según lo dispone el artículo 465 del mismo cuerpo legal, las normas de derecho común establecidas en el Código de Procedimiento Civil. De esta manera, la resolución que se pretende impugnar, queda excluida de la hipótesis que estatuye el artículo 472 del Código del Trabajo”. Con ello, sostiene que la resolución de 31 de diciembre de 2021 es de aquellas susceptibles de apelación, por tratarse de una sentencia interlocutoria que establece derechos permanentes en favor de las partes, por remisión según el artículo 465 del Código del Trabajo, por lo que sí es procedente el recurso de apelación, toda vez que la resolución recurrida, además, ha causado agravio a su parte al imponerle costas, pese a existir una declaración de las partes en que no existían otros créditos por cobrar. QUINTO: Que, deberá rechazarse la alegación que precede, toda vez que la resolución impugnada resulta inapelable a la luz de lo dispuesto en los artículos 472 y 476 del Código del Trabajo, por lo que se desestimará el presente recurso de hecho. Con lo expuesto, antecedentes que se conocen y lo establecido en los artículos 472 y 476 del Código del Trabajo y artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento C
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Coyhaique, diez de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el abogado don Christian Löbel Emhart, en representación de la ejecutada Mowi Chile S. A., en autos Rit C-3-2021, Ruc 20-4-0285337-K, caratulados “Díaz con Mowi Chile S. A.”, mediante escrito de fecha 21 de marzo de 2022, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el quince de marzo de dos mil v
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