SIN INFORMACION

MORALES PARRAGUEZ JESUS MANUEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

10 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, comparece Priscila Morales Parraguez, por el condenado Jesús Manuel Morales Parraguez, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que decidió rechazar dicho beneficio al amparado. SEGUNDO: Que informa el Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, quien señala que por resolución de fecha 14 de abril pasado, se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado. Explica que, si bien se pudo comprobar que el postulante cumplía con los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Nº 321, la documentación otorgada por Gendarmería de Chile, daba cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejaron otorgarle el beneficio solicitado, pues “el postulante presenta un riesgo de reincidencia medio. La existencia de condenas y antecedentes penales desde la adolescencia, sumado a la comisión de delitos violentos, e incluso una condena por quebrantamiento reciente de junio de 2021, dan cuenta de un patrón antisocial de mediana necesidad que aún se debe abordar. Muestra el postulante una leve conciencia del delito, y una conciencia del daño centrado en su propia reclusión y en los efectos familiares consecuencia del mismo. Posee un frágil rechazo del delito”. Por dichas razones, la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitían hacer uso de la facultad antes referida. TERCERO: Que la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, del que se extrae que el interno se encuentra calificad

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que presenta una condena por quebrantamiento reciente de junio de 2021, lo que da cuenta de un patrón antisocial de mediana necesidad que aún se debe abordar, muestra una leve conciencia del delito, y una conciencia del daño centrado en su propia reclusión y en los efectos familiares consecuencia del mismo, además de poseer un frágil rechazo del delito, lo que demuestra escasas posibilidades de reinsertarse adecuadamente a la sociedad. SEXTO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. SEPTIMO: Que, de lo razonado, se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la decisión de la Comisión, no vislumbrándose vulneración alguna a las garantías constitucionales del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se decide que Se RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Jesús Manuel Morales Parraguez en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1326-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, comparece Priscila Morales Parraguez, por el condenado Jesús Manuel Morales Parraguez, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que decidió rechazar dicho beneficio al am

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