JUZGADO DE GARANTIA DE YUNGAY

MP C/ KEVIN JESUS PARRA MUNOZ

Rol

Fecha

10 de mayo de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1°.- Que, en cuanto a la resolución que decretó la ilegalidad de la detención, conforme los antecedentes referidos por los intervinientes, se constata se dan los presupuestos exigidos en el artículo 206 del Código Procesal Penal, para el ingreso de Carabineros, atendido el contexto de la situación planteada, en que la víctima llama a la policía para que concurran a su domicilio, debiendo haber dado la dirección del mismo, por estar siendo agredida por su pareja, lo que concuerda con el estado en que se encontraba la mujer cuando tales funcionarios arribaron al lugar. En dichas circunstancias, indudablemente constituyen signos evidentes de que en ese lugar se estaba cometiendo un delito. 2°.- Que, en lo tocante a la resolución que rechazó las cautelares pedidas por la Fiscalía, con los antecedentes de la investigación hasta ahora recabados, permiten acreditar con el estándar exigido en esta etapa procesal, los presupuestos materiales y la necesidad de cautela, que hacen indispensable la disposición de medidas cautelares. 3°.- Que, para arribar a las conclusiones precedentes se debe tener en consideración la especial naturaleza de los hechos constitutivos de violencia intrafamiliar y la obligación de los órganos del Estado de adoptar todas las medidas conducentes a la protección de la víctima, lo cual, además, se encuentra reconocido por tratados internacionales ratificados por Chile. Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 132 bis, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revocan las resoluciones dictadas en la audiencia de veintiséis de abril del año en curso, que dispusieron la ilegalidad de la detención del imputado Kevin Jesús Parra Muñoz y que rechazó la imposición de medidas cautelares, respectivamente y, en su lugar se declara que dicha detención se encuentra ajustada a derecho y se imponen al encartado las cautelares del artículo 155 letra a) del código citado y las del artículo 9 letras a) y b) de la Ley 20.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 132 bis, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revocan las resoluciones dictadas en la audiencia de veintiséis de abril del año en curso, que dispusieron la ilegalidad de la detención del imputado Kevin Jesús Parra Muñoz y que rechazó la imposición de medidas cautelares, respectivamente y, en su lugar se declara que dicha detención se encuentra ajustada a derecho y se imponen al encartado las cautelares del artículo 155 letra a) del código citado y las del artículo 9 letras a) y b) de la Ley 20.066, esto es, el arresto domiciliario nocturno, la obligación del imputado de abandonar el domicilio que comparte con la víctima y la prohibición de acercarse a esta última, a su domicilio o lugar de trabajo o estudio. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase inmediatamente. N°Penal-179-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Cip/rps Chillán, diez de mayo de dos mil veintidós. Vistos: 1°.- Que, en cuanto a la resolución que decretó la ilegalidad de la detención, conforme los antecedentes referidos por los intervinientes, se constata se dan los presupuestos exigidos en el artículo 206 del Código Procesal Penal, para el ingreso de Carabineros, atendido el contexto de la situación planteada, en que la víc

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