JUZGADO DE GARANTIA DE OSORNO

MINISTERIO PUBLICO C/ ANAIZ CAINA ESCOBAR CANTILLANA

Rol

Fecha

9 de mayo de 2022

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se CONFIRMA la resolución apelada de seis de mayo de dos mil veintidós. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Alondra Castro Jiménez, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, atendida la naturaleza del hecho investigado y el número de participantes en el mismo. Comuníquese. Se deja constancia que las intervinientes quedan notificadas de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. PXMQZHZXJW El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 601 – 2022 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 9 de mayo de 2022. Felipe Cancino Concha Relator Interino En Valdivia, nueve de mayo de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe. PXMQZHZXJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 02 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decrete la prisión preventiva de la imputada. Acto seguido alega la defensa, quien en mérito de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia, solicita se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se CONFIRMA la resolución apelada de seis de mayo de dos mil veintidós. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Alondra Castro Jiménez, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, atendida la naturaleza del hecho investigado y el número de participantes en el mismo. Comuníquese. Se deja constancia que las intervinientes quedan notificadas de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. PXMQZHZXJW El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 601 – 2022 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 9 de mayo de 2022. Felipe Cancino Concha Relator Interino En Valdivia, nueve de mayo de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe. PXMQZHZXJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 02 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA NUEVE DE MAYO DE DOS MIL VEINTIDÓS, PARA LA VISTA- POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 2200437906- 7, RIT 2424–2022. ROL CORTE 601–2022. Siendo las 10:10 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de las Ministras Sra. Marcia Undu

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