/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
6 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio N° 1, comparece doña GIEGLIOLA VIVIANA BURGOS PÉREZ, abogada, defensora penal pública penitenciaria, domiciliada en calle Diego Portales N° 361 de la ciudad de Temuco, en representación de don Luis Alejandro Alarcón Quezada, quien se encuentra cumpliendo su condena en el CCP de Angol, y deduce acción de amparo en contra de la resolución de fecha 14 de abril de 2021, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional, que denegó al amparado el beneficio de libertad condicional, sin ajustarse a la normativa vigente y tornando ilegal y arbitraria su privación de libertad, solicita se sirva acoger la acción constitucional de amparo a fin de restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, se deje sin efecto la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, otorgando derechamente el beneficio de libertad condicional al amparado. I. ANTECEDENTES DE HECHO: 1.- Cumplimiento de condena. El amparado se encuentra cumpliendo dos penas de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por su participación en calidad de autor, de los delitos consumados de robo con intimidación, en virtud de dos condenas, la primera de ellas dictada en causa RIT 1524-2017 y RIT 1995-2018, ambas del Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz. 2.- Cumplimiento del tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional. De acuerdo con la información entregada por la sección de estadística de Gendarmería, contenida en el Formulario Consolidado de Postulación al Proceso de Libertad Condicional, registra como fecha de inicio de condena el día 04-08-2017, estimándose como fecha de término el 07-08-2023. 3.- Postulación por el Tribunal de Conducta a la Libertad Condicional. Requisitos. Por cumplir con todos los requisitos establecidos en el DL 321 y demás disposiciones legales pertinentes, mi representado fue postulado al proceso de libertad condicional. En el caso concreto, mi representado cumple con los siguientes requisitos: a) Tiempo de
Fundamentos
fundamentos de derecho deberán siempre expresarse en aquellos actos que afectaren los derechos de los particulares, sea que los limiten, restrinjan, priven de ellos, perturben o amenacen su legítimo ejercicio, así como aquellos que resuelvan recursos administrativos". Así, la exigencia de fundamentación impone el deber de señalar los hechos que motivan la denegación la libertad condicional y los motivos de derecho que impiden acceder a ella, lo que no ocurre en la especie, pues la Comisión únicamente establece la falta de uno de los requisitos para postular al beneficio de libertad condicional, sin fundamentar su decisión en antecedentes que den cuenta dicha situación, si no que más bien, arriba a una conclusión distinta a aquella a la que se refieren los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile. Conforme lo dispone el art. 5 incisos 2 DL 321, la Comisión debe constatar el cumplimiento de los requisitos del artículo 2, debiendo constatar los antecedentes emanados de GENCHI así como todos lo demás que se consideren necesarios para mejor resolver, lo que no ocurre en la especie. La Excma. Corte Suprema, respecto el informe psicosocial, ha sostenido que "los antecedentes que se expongan deben ser categóricos respecto de los factores de riesgos de reincidencia al momento de postular a la libertad condicional conforme lo expresa claramente el Decreto Ley N° 321, en el texto actual de su artículo 1, que ciertamente orienta el sentido del contenido posterior del mismo. Que del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que respecto a éste se reúnen los requisitos exigidos por el Decreto Ley N° 321 para la concesión de libertad condicional, y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada...". 4.- Antecedentes que deben tenerse en consideración para resolver la concesión de libertad condicional. Teniendo especialmente en cuenta que es la reinserción social el fin de la pena privativa de libertad y que la concesión de la Libertad Condicional exige demostrar avances en el proceso de resocialización, al momento de resolver la concesión o denegación de este beneficio, deben ponderarse los siguientes antecedentes, los que son demostrativos de los avances del amparado y que la comisión no valoró correctamente conforme al contenido del informe psicosocial: i. Faltas y sanciones durante el cumplimiento de la condena: Mi representado no posee ninguna sanción que afecte su conducta desde agosto del año 2020 a la fecha, manteniendo así una conducta intachable dentro del recinto, adaptándose al cumplimiento de normas. ii. Beneficios intrapenitenciarios. Actualmente se encuentra haciendo uso de salida controlada al medio libre, desde el 11 de febrero del año 2022, informando su 1 SCS Criterio sostenido por Exma. Corte Suprema Rol 30489-2021; 30988-2021;30989-2021; 30990-2021; 30991-2021; 30497-2021, todos del 07 de mayo de 2021; SCS Rol N° 50.681-2020 de fecha 14
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de Amparo, deducido por doña GIEGLIOLA VIVIANA BURGOS PÉREZ, abogada, defensora penal pública penitenciaria, en favor de don Luis Alejandro Alarcón Quezada, RUN 13.625.863-K, en contra de la Resolución 001-2022 del Primer Semestre 2022 correspondiente al 14 de abril de 2022, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional, que deniega la libertad condicional al amparado. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° Amparo-105-2022.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, seis de mayo de dos mil veintidós. Al folio N° 6: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS: A folio N° 1, comparece doña GIEGLIOLA VIVIANA BURGOS PÉREZ, abogada, defensora penal pública penitenciaria, domiciliada en calle Diego Portales N° 361 de la ciudad de Temuco, en representación de don Luis Alejandro Alarcón Quezada, quien se encuentra cumpliendo su conde
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica