JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE QUELLON

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./ANDRADE

Rol

Fecha

5 de mayo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes que obran en la causa, apreciándose que la resolución se encuentra ajustada al mérito de lo señalado en el artículo 7 de la Ley N° 20.886, el cual fue modificado por la Ley N° 21.394 en lo que respecta al modo de constituirse el patrocinio y el mandato judicial, ello por cuanto el mandante suscribió con firma electrónica simple el escrito de fecha 30 de marzo del 2022, siendo necesaria, en ese caso, la ratificación ante el Ministro de Fe de acuerdo al inciso segundo de la citada norma; y de conformidad a lo establecido en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Competencia Común de la ciudad de Quellón.  Redacción a cargo de la Ministra suplente doña Isabel Margarita Zúñiga Alvayay. No firma la Ministra suplente doña Isabel Margarita Zúñiga Alvayay, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por haber cesado en su cometido funcionario. Regístrese y devuélvase.  ROL CIVIL N°373-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, cinco de mayo de dos mil veintidós. Vistos: El mérito de los antecedentes que obran en la causa, apreciándose que la resolución se encuentra ajustada al mérito de lo señalado en el artículo 7 de la Ley N° 20.886, el cual fue modificado por la Ley N° 21.394 en lo que respecta al modo de constituirse el patrocinio y el mandato judicial, ello por cuanto el mandante suscribió con firma e

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