WULF/UNIVERSIDAD DE LA SERENA
Rol
Fecha
5 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 11 de marzo de 2022 se deduce recurso de protección por ERICO WULF BETANCOURT, cédula de identidad N° 7508519-2, domiciliado en Amunátegui 100, Campus Enrique Molina, ciudad de La Serena, en contra de la UNIVERSIDAD DE LA SERENA, representada por su Rector Sr. Nibaldo Áviles P., con domicilio en Benavente 980, ciudad de La Serena. Indica que se desempeña como docente en la Universidad de La Serena. Refiere que el 5 de mayo de 2021 envió una carta a la Vicerrectora Académica de la Universidad, Dra. Alejandra Torrejón, formulando observaciones al informe de autoevaluación que se presentaba al proceso de acreditación institucional (CNA). En dicha comunicación, y en base a gestiones previas realizadas ante el Consejo para la Transparencia (CPT), hizo presente que la Universidad no cumplía a cabalidad con el principio de integridad en los criterios aplicados en los títulos y grados académicos. En particular, refirió que el proceso de reconocimiento de títulos profesionales y grados académicos obtenidos en el extranjero respecto una profesora del establecimiento, Lupeffina Rojas, estuvo marcado por irregularidades normativas. Explicó que este trámite de reconocimiento de títulos y grados académicos es atribución exclusiva de la Universidad de Chile, la que debe resolver según lo establecido en los decretos respectivos (D.U ex N° 006895, 2210/1993). Comentó que dicha Universidad reconoció ciertas actividades lectivas que esa profesora desarrolló en una Universidad de Japón como equivalentes a un Doctorado en Ingeniería. Lo anterior, influenciado en que la U.L.S. había nombrado a la docente como Directora de la Escuela de Ingeniería Comercial, validando de facto un grado académico inexistente, realizando la docente su solicitud de reconocimiento en su calidad de Directora de la Escuela y,
Fallo
por tanto, de funcionaria pública y no como persona particular, comprometiendo de esta forma la integridad del establecimiento universitario, en su propio beneficio. Esgrime que envió el 8 de septiembre de 2021 un correo electrónico a la Vicerrectora Académica de la U.L.S, remitiendo la documentación que daba cuenta de aquello. Posteriormente, el 16 de diciembre de 2021, informó al contralor y asesor jurídico de la U.L.S, a fin de que se indagara el alcance de un evidente tráfico de influencias, además de faltas al principio de probidad y eventual fraude al fisco. Arguye que, como consecuencia de la denuncia realizada, ha sido castigado por la recurrida con la exclusión y el aislamiento, deteriorando el sentido de pertenencia a la organización y, por tanto, su libertad de elegir. Menciona que entre el año 2018 y el 2020 se han instruido diversos procesos sumarios en su contra a modo de persecución, intimidación o discriminación. A modo ejemplar, menciona una resolución sumarial dictada el 16 de noviembre de 2021, firmada por la Vicerrectora académica, en la que, según arguye, se ha omitido su derecho a la libertad de conciencia y derecho a la honra. Hizo presente que interpuso un recurso de reposición en contra de esta resolución, por medio del cual sostuvo la naturaleza premeditada de los hechos utilizados para la investigación sumarial, en un contexto de colusión y complicidad entre estudiantes, docentes, directivos y personal administrativo, recurso que fue denegado si
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Wulf Betancourt, Érico Universidad de La Serena Recurso de Protección Rol N°291-2022.- La Serena, cinco de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 11 de marzo de 2022 se deduce recurso de protección por ERICO WULF BETANCOURT, cédula de identidad N° 7508519-2, domiciliado en Amunátegui 100, Campus Enrique Molina, ciudad de La Serena, en contra de la UNIVERSIDAD DE
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