SIN INFORMACION

BUGUEÑO/SÁEZ

Rol

Fecha

5 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que comparece VINKA ESTEFANÍA PUSICH CAMACHO, abogada, en favor de doña DENIS DEL CARMEN BUGUEÑO LANAS, quien interpone acción de protección en contra de don RAUL MAURICIO SAEZ HERNANDEZ, por haber incurrido en actos ilegales y arbitrarios que han vulnerado su derecho de propiedad, consagrado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República. Sostiene que la actora es dueña de un inmueble ubicada en el callejón “El Gálvez”, en la localidad de Tahuinco, comuna de Salamanca. Dado que la recurrente quería comenzar a evaluar el proyecto de construcción de una vivienda, solicitó la factibilidad de instalación de energía eléctrica en dicho inmueble a la empresa CGE. Precisa que dicha instalación la está realizando en forma particular, asumiendo los costos de esta. Refiere que el contratista que está ejecutando el proyecto eléctrico, en el trazado de la postación eléctrica que sube por el callejón hasta la propiedad, al medir e instalar los hitos para la postación, se encontró con que el recurrido, quien es vecino del sector, se opuso a la postación eléctrica en la franja del callejón, el que, según refiere, es un bien nacional de uso público, aduciendo el recurrido que es de su propiedad la porción de faja fuera de su domicilio, sin permitir la instalación de tres postes que faltan para poder terminar la misma, siendo incluso agresivo con el profesional encargado del proyecto eléctrico. Argumenta la actora que se han instalado otros postes electrificados de alumbrado público por parte de CGE, también se hizo un proyecto de alcantarillado para la localidad, pavimento asfáltico y matriz de agua potable, todos impulsados por la Municipalidad de Salamanca. A raíz de esta situación, pidió intervenir a la Municipalidad de Salamanca, mediante carta presentada al Sr. Alcalde con fecha 5 de noviembre de 2021. En dicha carta, se solicitó que se esclareciera si dicho callejón tenía el carácter de público o existía propiedad privada sobre él o pa

Fundamentos

motivos y la finalidad que alcanza; y que, enseguida provoque algunas de las situaciones o efectos que se han indicado, contrariando a una o más de las garantías protegidas, consideración que resulta básica para el análisis y decisión de cualquier asunto como el que se ha propuesto en el presente caso. QUINTO: Que, teniendo presente que en el caso de marras se pretende por la actora la instalación de un poste de alumbrado eléctrico en un camino o callejón de naturaleza pública, es el recurrido quien incorpora un debate en torno a que el trozo de terreno en el que se pretende aquella instalación sería de su propiedad, acompañando antecedentes de respaldo, lo que transforma en controvertido el asunto, sin que resulte posible dilucidar en esta sede, con el solo mérito de los antecedentes que han sido acompañados por las partes, a quien pertenece el espacio de tierra indicado. De esta forma, y atendida la naturaleza de la discusión planteada, se concluye que no asiste a la recurrente un derecho indubitado que pueda ser resguardado por esta vía cautelar de urgencia, siendo indispensable para la resolución de la controversia que se acuda a un procedimiento de lato conocimiento en que las partes puedan aportar las probanzas necesarias para acreditar los presupuestos fácticos de sus respectivas pretensiones. En ese contexto, el recurso necesariamente deberá ser desestimado, como se dirá en lo resolutivo, por no ser esta la vía idónea para conocer de la materia sometida a decisión de esta Corte.

Fallo

Por tanto, pide se acoja el recurso y se restablezca el imperio del derecho, declarando como ilegales y arbitrarios los actos del recurrido, ordenándole despejar inmediatamente la faja de terreno costal del callejón El Gálvez, ubicado frente a su propiedad y que corresponde a un camino público y cesar en cualquier otro acto vulneratorio en contra de la recurrente, especialmente, de los trabajos de postación eléctrica que se llevan a cabo en el “Callejón El Gálvez”. Lo anterior, con expresa condenación en costas. Acompaña a su recurso los siguientes documentos: 1. Inscripción de dominio a nombre de doña Denis Bugueño. 2. Informe de factibilidad CGE 11 Agosto 2021. 3. Presupuesto Obra de Construcción Empalme Tahuinco Denis. 4. Fotografía del callejón El Galvez, localidad de Tahuinco, comuna de Salamanca, en el que se aprecia la faja costal del callejón. 5. Carta a Alcalde Municipalidad de Salamanca 5 Noviembre 2021. 6. Certificado N° 808 de la Municipalidad de Salamanca. SEGUNDO: Que comparece Jazmín Alejandra Maldonado Cuevas, abogada, en representación del recurrido, don Raúl Mauricio Sáez Hernández, evacuando informe y solicitando el rechazo de la acción, con costas. Señala que es efectivo que el recurrido es dueño de derechos sobre un inmueble denominado Complemento Número 33, ubicado en la comuna de Salamanca. Refiere que, dentro de la propiedad, existe un poste que está conectado con la red eléctrica, pero don Raúl desconoce el motivo por el cual ese poste fue instalad

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Bugueño Lanas, Denis del Carmen Sáez Hernández, Raul Mauricio Recurso de Protección Rol N°457-2022.- La Serena, cinco de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: PRIMERO: Que comparece VINKA ESTEFANÍA PUSICH CAMACHO, abogada, en favor de doña DENIS DEL CARMEN BUGUEÑO LANAS, quien interpone acción de protección en contra de don RAUL MAURICIO SAEZ HERNANDEZ, por haber incurrido en actos ilegales y arbitr

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