MP C/ JORGE ENRIQUE ANDRES OLIVARES PEÑA
Rol
Fecha
6 de mayo de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta de abril de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de JORGE ENRIQUE ANDRÉS OLIVARES PEÑA, imputado por el delito de robo en lugar habitado en grado de consumado. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Droppelmann, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, estimando para ello que una cautelar menos gravosa de las contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal resulta suficiente para asegurar los fines del procedimiento. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión N°Penal-976-2022. En Valparaíso, seis de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a seis de mayo de dos mil veintidós, se da inicio a esta audiencia a las 10:00 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por la Ministro Sra. Eliana Quezada Muñoz e integrada por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo y el Fiscal Judicial Sr. Mario Fuentes Melo y actuando como Ministro de fe el Relator Sr. Gonz
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