SIN INFORMACION

LÓPEZ/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

5 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece don Hernán Alejandro Solís Barahona, abogado, quien presenta recurso de amparo a favor del condenado Cristian Andrés López Vaquerisaz, 29 años de edad, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Valdivia, entidad que rechazó al amparado el beneficio a cumplir la pena en libertad condicional, resolución que vulneraría el derecho constitucional establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, relativo a la libertad personal y seguridad individual, garantías cauteladas por la acción de amparo prevista en el artículo 21 de la Carta Fundamental. Indica que su representado cumple condena en el Complejo Penitenciario de Valdivia, habiéndose verificado el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional. Agrega que su conducta como interno ha sido intachable, pues mantiene conducta muy buena en los últimos cuatro bimestres anteriores a la postulación, por lo que estima cumple todos los requisitos exigidos en el Decreto Ley 321 para acceder a la libertad condicional. Sostiene que la Comisión rechazó la postulación de su representado, empero, no se consideró la totalidad de los antecedentes. Indica que el condenado cuenta con cursos de capacitación que permitirán acceder al mercado laboral en el medio libre. En definitiva, solicita se deje sin efecto la referida resolución que rechazó su petición de libertad condicional, disponiéndose, en su lugar, su otorgamiento. En el folio N° 6, rola informe emitido por los integrantes de la Comisión quienes señalan que el amparado no se encuentra ilegalmente privado de libertad con ocasión de la decisión que se reprocha por esta vía, pues cumple condena por sentencia ejecutoriada. Refieren que la acción constitucional de amparo no constituye un mecanismo de revisión de las decisiones de la Comisión en cuanto a su mérito, por lo que no puede ser estimado como una instancia de apelación y la Corte un Tribunal de revisión de este procedimiento de cará

Fundamentos

considerando especialmente su grado de peligrosidad y de reincidencia, como un medio de prueba de su reinserción social, por lo que tratándose de un beneficio, la Comisión dentro del ámbito de sus atribuciones privativas, resolvió denegar la libertad condicional. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de amparo, previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional, cuyo propósito consiste en obtener de los Tribunales Superiores de Justicia, una tutela eficaz y eficiente para salvaguardar la integridad del derecho que la doctrina ha denominado libertad individual, para evitar una afectación antijurídica del derecho a la libertad personal y a la seguridad individual de cualquier persona, siendo precisamente la antijuridicidad de la conducta el comportamiento que la acción constitucional referida intenta solucionar o revertir. SEGUNDO: Que, sin perjuicio de lo anotado en lo expositivo de este fallo, es necesario dejar asentado que Cristian Andrés López Vaquerisaz fue condenado por el Quinto Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 1536-2018, RUC 1800414904-8, a la pena de cinco años por el delito de homicidio simple. Registra como fecha de inicio para el cumplimiento el 30 de abril de 2018 y la de término el 30 de abril de 2023. El tiempo mínimo para optar a la libertad condicional se verificó el 30 de octubre de 2020. TERCERO: Que, para una adecuada resolución jurídica de la controversia, es necesario tener en cuenta que el artículo 1 del Decreto Ley N° 321, del Ministerio de Justicia, modificado por la Ley N° 21.124, de 18 de enero de 2019, dispone que “La libertad condicional es un medio de prueba de que la persona condenada a una pena privativa de libertad y a quien se le concediere, demuestra, al momento de postular a este beneficio, avances en su proceso de reinserción social”. A su turno, el artículo 2 del mismo Decreto, señala: “Toda persona condenada a una pena privativa de libertad de más de un año de duración podrá postular al beneficio de libertad condicional, siempre que cumpla con los siguientes requisitos: ...3) Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos”. CUARTO: Que, por su parte, el artículo 4 del texto legal antes mencionado indica que: “La postulación al beneficio de libertad condicional será conocida por una Comisión de Libertad Condicional, que funcionará en la Corte de Apelaciones respectiva, durante los primeros quince días de los meses de abril y octubre de cada

Fallo

Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo interpuesto a favor de Cristian Andrés López Vaquerisaz. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-97-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, cinco de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece don Hernán Alejandro Solís Barahona, abogado, quien presenta recurso de amparo a favor del condenado Cristian Andrés López Vaquerisaz, 29 años de edad, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Valdivia, entidad que rechazó al amparado el beneficio a cumplir la pena en libertad co

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