FERRADA SANTIBÁÑEZ GERSON IGOR/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
5 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, por correo electrónico incorporado bajo el folio N° 1 se adjunta formulario manuscrito, en que don Gerson Patricio Ferrada García interpone recurso de amparo en favor de Gerson Igor Ferrada Santibáñez, actualmente privado de libertad en el CCP Colina I, y señala como motivo que la Comisión rechazó el beneficio de libertad condicional. Segundo: Que, informando la recurrida, a través de don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, da cuenta a esta Corte que el amparado fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I y por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio, pues si bien cumple con los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N° 321, al revisar la documentación acompañada a su respecto, pudo comprobarse la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejaron otorgarle la prerrogativa solicitada. Al respecto, dicha resolución expresa que “entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante posee un nivel de reincidencia medio, con necesidad de intervención en las áreas de educación y empleo. Se observa que presenta una regular conciencia del delito y del daño causado, ya que no se encuentra totalmente convencido de que ha transgredido la norma, atribuyendo su actuar a factores externos. El interno no posee plan de intervención, concluyéndose que su libertad condicional representa una situación de riesgo que requiere una supervisión intensiva. Los aspectos antes mencionados, demuestran, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social, como lo exige el Decreto Ley N°321.”. Por lo anterior, refiere que se rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado. Tercero: Que al reseñado informe se aparejaron los antecedentes de postulac
Fundamentos
fundamentos que justifican la negativa a conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama, ponderando el informe psicosocial realizado. En efecto, es posible advertir que de los antecedentes allegados -los que tiene a la vista esta Corte- constan los elementos negativos informados por la recurrida. De esta forma, actuando la Comisión de Libertad Condicional en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente sin incurrir en ilegalidad alguna, ya que, si bien el amparado reúne dos de los requisitos exigidos, no cumple con demostrar un avance cierto y efectivo en su proceso de reinserción social, lo que no se desvirtúa en el arbitrio que se examina. Por lo anterior, se concluye que en el caso de autos la resolución impugnada contiene los fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto, se ha sustentado en la circunstancia de que el amparado no cuenta con plan de intervención, de lo que se concluye que su libertad representa una situación de riesgo que requiere una supervisión intensiva. De este modo, se consideraron escasas las posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad, lo que impide tener por probado que haya demostrado avances en su proceso de reinserción social, como exige el D.L. N° 321, y por ello, y dentro de la esfera de las competencias que le son propias, la Comisión pudo concluir que el amparado no era merecedor de la misma.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Gerson Igor Ferrada Santibáñez en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Amparo-1240-2022.-
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C.A. de Santiago Santiago, cinco de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, por correo electrónico incorporado bajo el folio N° 1 se adjunta formulario manuscrito, en que don Gerson Patricio Ferrada García interpone recurso de amparo en favor de Gerson Igor Ferrada Santibáñez, actualmente privado de libertad en el CCP Colina I, y señala como motivo que la Comisión rech
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