PIZARRO ZAMORANO JUAN CARLOS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
5 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Juan Orlando Vallejos Parra, abogado, por el condenado Juan Carlos Pizarro Zamorano, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone acción de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber incurrido ésta en un acto ilegal al rechazar la postulación del amparado al beneficio de la libertad condicional, lo que vulnera su garantía fundamental de la libertad personal. Fundando el recurso expone que el amparado ha cumplido con la mitad de su condena, mantenido una conducta intachable, ha aprendido un oficio y asistido con regularidad y provecho a la escuela del establecimiento, sin perjuicio de lo cual se le ha negado acceder al beneficio de libertad condicional. Indica que la libertad personal del amparado, al no otorgarle el beneficio de libertad condicional, concurriendo todos los requisitos, vulnera o dispuesto en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que consagra el derecho a la libertad individual y seguridad individual de las personas y vulnera lo preceptuado en el libro primero título quinto párrafo tercero, relativo a la detención de las personas. Previas citas legales, solicita se declare admisible el recurso y que se restablezca el imperio del derecho en el sentido de declarar que la vulneración del derecho a la libertad del amparado, es realizado en forma arbitraria e ilegal, y vulneración de garantías constitucionales, ordenando su inmediato cese, o lo que se estime que en derecho corresponde. SEGUNDO: Que informa el Ministro don Alejandro Aguilar Brevis, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, que por resolución de catorce de abril pasado, resolvió, por unanimidad, rechazar la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado. Refiere que se señaló que de la revisión de los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consoli
Fundamentos
fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto, se ha sustentado en la circunstancia de que los aspectos analizados sobre el postulante, impidieron a la Comisión tener por probado los avances en su proceso de reinserción, al tenor del Decreto Ley N° 321. SÉPTIMO: Que, de lo consignado en el motivo anterior, a la luz del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional impetrada por el condenado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a su inteligencia dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado Juan Carlos Pizarro Zamorano no era merecedor de esta prerrogativa. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad. OCTAVO: Que, finalmente, a diferencia de lo señalado por la recurrente, la libertad condicional constituye un beneficio al que se postula y no un derecho que se posea en propiedad, concepto que se ha modificado por la Ley N° 21.124.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Juan Carlos Pizarro Zamorano y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1236-2022.
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C.A. de Santiago Santiago, cinco de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Juan Orlando Vallejos Parra, abogado, por el condenado Juan Carlos Pizarro Zamorano, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone acción de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber incurrido ésta en un acto ilegal
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