1º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE LA SERENA

BCI SEGUROS GENERALES S.A./MENDIETA PASTÉN, JAIME ESTEBAN

Rol

Fecha

5 de mayo de 2022

Materia

INFRACCIÓN LEY DE TRÁNSITO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento 12°, el que se elimina; y, a la referencia que se hace al artículo 200 N° 40, en el

Fundamentos

considerando 11° y en las citas legales, que se suprimen.. Y teniendo, además, presente: 1°.- Que, se ha interpuesto recurso de apelación, por el abogado Kenneth Arnaldo Romero Quiroz, en representación de BCI Seguros Generales S.A., en contra de la sentencia de primer grado de fecha 15 de abril de 2021 que condena infraccionalmente (SIC) al querellado y demandado civil Jaime Esteban Mendieta Pasten, pero que no da lugar a la demanda civil interpuesta en su contra. 2°.- Que, la apelación se funda en el error en que habría incurrido la sentenciadora a quo, al no dar lugar a la demanda civil, al no haberse ratificado por la actora, las acciones deducidas; y, por no haber rendido prueba para acreditar los fundamentos de su acción civil. En relación al primer punto, se señala por el recurrente, la normativa aplicable no exige la ritualidad de ratifica las acciones. Y respecto del segundo, indica que al deducir la demanda se presentó toda la prueba fundante de la acción de resarcimiento, la que es suficiente para establecer el daño material ocasionado por parte del querellado y demandado civil, teniendo presente que existe una relación de causalidad entre la colisión y los daños materias. 3°.- Que, es un hecho de la causa, según lo establecido, en el fundamento 10° del

Fallo

fallo en alzada, que con fecha 12 de enero de 2020, aproximadamente a las 3:55 horas Jonathan Ignacio Badilla Núñez, conducía el automóvil PPU LV XG-45, por el puente Libertador en dirección a Las Compañías, La Serena; y, que al llegar la intersección con calle Vicente Zorrilla con Avenida Islón, se detuvo ante el semáforo en luz roja, siendo impactado en la parte trasera por el automóvil tipo camioneta PPU JX FJ-84, conducido por Jaime Esteban Mendieta Pastén, quien huye del lugar. 4°.- Que, en relación a los hechos acreditados, es necesario tener presente, el campo normativo aplicable; y, en él aparece la Ley de Transito N° 18.290, la que en su artículo 108, dispone que durante la circulación todo conductor deberá mantener el control de su vehículo, estando obligado a mantenerse atento a las condiciones del tránsito del momento. En tanto que en su artículo 126, se establece que el conductor deberá mantener, con respecto del vehículo que lo antecede, una distancia razonable y prudente que le permita detener el suyo ante cualquier emergencia. 5°.- Que, así las cosas, aparece que en los hechos descrito, Mendieta Pastén infraccionó las normas citadas precedentemente, toda vez que al colidir con su vehículo la parte trasera del automóvil que lo antecedía, es demostrativo, que en esos instantes no se encontraba atento a las condiciones del tránsito del momento; y, que además, en su conducción no mantenía, en relación al vehículo que lo antecedía, una distancia razonable y prude

Texto Completo (Preview)

BCI Seguros Generales S.A. Mendieta Pasten, Jaime Esteban Infracción Ley de Transito Rol N°202-2021 (198-2020 Primer Juzgado de Policía Local de La Serena).- Serena, cinco de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento 12°, el que se elimina; y, a la referencia que se hace al artículo 200 N° 40, en el considerando 11° y en las citas lega

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