MONTECINOS/CAMPOS Y ROJAS
Rol
Fecha
4 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don CLAUDIO FERNÁNDEZ RAMÍREZ, Abogado, en favor de doña CLAUDIA MONTECINOS ARIAS, domiciliada en calle Manuel Bulnes N° 3391, Vista Hermosa, comuna de La Serena, deduciendo una acción constitucional de protección en contra de doña ELSA CAMPOS CONTRERAS y en contra de doña DANIELA ROJAS CONTRERAS, ambas domiciliadas en calle Manuel Bulnes N° 3391, Vista Hermosa, comuna de La Serena, a objeto de que pongan inmediato término a los actos arbitrarios e ilegales cometidos en contra de su representada. Señala que la recurrente celebró con doña Elsa Campos un contrato de arrendamiento en diciembre de 2018, respecto de la propiedad de la recurrida, con una renta mensual anticipada de $240.000.-, manteniendo la arrendataria, hasta la fecha, una conducta de cumplimiento absoluto de sus obligaciones tanto respecto del pago de las rentas como de los consumos por servicios básicos del inmueble, los que se encuentran absolutamente al día. A principios del mes de enero del año en curso, la arrendadora, quien tenía a esa fecha su domicilio en la ciudad de Copiapó, le solicitó a la Srta. Montecinos autorización para quedarse los fines de semana en el inmueble arrendado, en una construcción que se encuentra en el patio interior de la propiedad, a lo cual doña Claudia accedió, en un afán de mantener un trato cordial entre las partes y entendiendo que esa ocupación sólo sería parcial y en los fines de semana, previa autorización de ella en calidad de arrendataria. Expone que, sin embargo, que el diez de febrero pasado la recurrida le informó que regresaría al inmueble, pero, al llegar al lugar, doña Claudia se percató que esta vez la recurrida no venía sola, pues había llegado en un vehículo con su hija Daniela Rojas Contreras, mayor de edad, y respecto de la cual nunca se había autorizado su ingreso a la propiedad arrendada. Sostiene que al momento de ingresar la recurrida al inmueble, doña Claudia se encontraba ausente por razones laborales, y procedió a forzar el portón del estacionamiento del inmueble, cortando el candado con el cual doña Claudia lo mantenía cerrado, ya que lo usaba para estacionar su vehículo particular, y procediendo a introducir un vehículo de su propiedad, cambiando chapas y cerraduras, impidiendo así que la arrendataria pudiera utilizar el espacio para guardar su vehículo, el que desde esa fecha debe estacionar afuera del inmueble, en la vía pública, con el riesgo que conlleva dicha situación de que el móvil sea objeto de ilícitos, habiendo ya sufrido daños como rotura de uno de sus focos. Señala que a contar de la indicada fecha, doña Claudia comenzó a sufrir un verdadero acoso por parte de la hija de la arrendadora, doña Daniela Rojas Contreras, quien le impide el uso del patio de la propiedad, por lo que la Sra. Montecinos en la práctica se ha visto confinada a ocupar sólo una parte del inmueble que arrienda y por el cual paga la renta completa; no conforme con ello, la Sra. Rojas Cont
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que: SE RECHAZA, sin costas, por haber perdido oportunidad, el recurso de protección interpuesto por doña CLAUDIA MONTECINOS ARIAS en contra de doña ELSA CAMPOS CONTRERAS y doña DANIELA ROJAS CONTRERAS. Redacción a cargo del Abogado Integrante don Fernando Roco Pinto. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. Rol N° 259-2022 Protección.
Texto Completo (Preview)
Montecinos Arias, Claudia Rojas Contreras, Daniela Recurso de Protección Rol 259-2022. La Serena, cuatro de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don CLAUDIO FERNÁNDEZ RAMÍREZ, Abogado, en favor de doña CLAUDIA MONTECINOS ARIAS, domiciliada en calle Manuel Bulnes N° 3391, Vista Hermosa, comuna de La Serena, deduciendo una acción constitucional de pro
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica