SIN INFORMACION

UNDURRAGA/ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CAPITAL S.A

Rol

Fecha

4 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Felipe Alejandro Aguilar Leiva, abogado, con domicilio en pasaje Rosa Rodríguez N° 1375, N° oficina 606, comuna de Santiago, quien interpone recurso de protección en favor de doña María Cristina Undurraga Silva , con domicilio en Luis Thayer Ojeda N° 969, departamento N° 501, comuna de Providencia, y en contra de la AFP Capital S.A., representada legalmente por su gerente general don Jaime Munita Valdivieso, con domicilio a estos efectos en Apoquindo N° 4820, comuna de Las Condes, por el acto ilegal y arbitrario consistente en extraviar el dinero correspondiente a su retiro de fondos previsionales, vulnerando de este modo las garantías que la Constitución Política de la República le asegura en su artículo 19 N° 24. Funda el recurso expresando que, en la actualidad, la protegida reside en Brasil, desde donde realizó solicitud de retiro 10% a AFP Capital, respecto de los 3 retiros permitidos, todos mediante plataforma virtual. Es del caso que, a través del formulario de solicitud y protocolos de seguridad (video llamada) destinado para los efectos de los retiros de fondos previsionales, expresamente se dejó estipulado que el Banco de destino, sería el BANCO DO BRASIL, depósito en cuenta BR22000000000435900001203, no obstante, al tiempo del recurso, desconoce el destino de dichos fondos. Añade que uno de los ejecutivos de la recurrida le indicó que el depósito se encuentra efectuado en BANK OF AMÉRICA desde el 22 de septiembre de 2021, en circunstancias que no mantiene cuenta con dicha institución, la que además no tiene sucursal en el estado de Porto Alegre. Refiere que AFP Capital, no ha dado respuesta alguna. En definitiva, considera que el extravío indebido de los dineros ordenados transferir a la protegida, de manera indubitada, porque le pertenecen según la ley 21.248, vulnera la garantía constitucional de propiedad, de manera ilegal y arbitraria, porque importan una apropiación por parte de un tercero com

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso interpuesto por doña María Cristina Undurraga Silva y en contra de la AFP Capital S.A. Regístrese y archívese. N°Protección-40123-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de mayo de dos mil veintidós. Al folio 19: A lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Al folio 20: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Felipe Alejandro Aguilar Leiva, abogado, con domicilio en pasaje Rosa Rodríguez N° 1375, N° oficina 606, comuna de Santiago, quien interpone recurso de protección en fa

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