EMPRESA CONSTRUCTORA AGUA SANTA S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE BUIN
Rol
Fecha
4 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 17 de diciembre de 2019 comparece el abogado don Francisco José de la Vega Giglio en representación de Empresa Constructora Agua Santa S.A., domiciliados en Nueva Tajamar N°481, Torre Norte, oficina N°2104, Las Condes, e interpone reclamo de ilegalidad municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Buin, representada por el alcalde don Miguel Leonardo Araya Lobos, domiciliados en Carlos Condell N 415, Buin, por el decreto alcaldicio Nº2879 de 26 de septiembre de 2019, que puso término a las concesiones celebradas por aquélla para la extracción y explotación de áridos en bienes nacionales de uso público administrados por el municipio, por incumplimiento grave a las obligaciones que contrajo, lo que impugna por sostener que no antecedió procedimiento administrativo sancionatorio previamente substanciado con arreglo a las exigencias del debido proceso, ni acto administrativo fundado en causal legal habilitante y concurrente; motivado en el bien común o en el interés público y que se sustente en la trascendencia del presunto incumplimiento que le atribuye. Sostiene, en consecuencia y en lo relativo a la ausencia del procedimiento administrativo sancionatorio previo, que se infringió los artículos 37 inciso noveno Nº2, 65 letra k), 66 inciso primero de la ley Nº18.695, y 13 inciso primero letra b) de la Ley 19.886. Y, en cuanto a la ausencia de los requisitos elementales que estima debieron haber concurrido en dicho acto administrativo, que se transgredió los artículos 36 inciso tercero, 37 inciso noveno Nº2, 66 inciso primero de la ley Nº18.695; 13 inciso segundo de la Ley 19.886, y 2, 11 inciso segundo y 41 de la ley 19.880, para lo cual estima insuficiente la remisión que el decreto alcaldicio efectúa al memorándum Nº706 de 12 de agosto de 2019 de la asesoría jurídica de la municipalidad, porque a su juicio sólo efectúa una simple remisión a supuestos incumplimientos sobre condiciones normas y medidas establecidas en la
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 151 y siguientes de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, se rechaza, sin costas, el reclamo de ilegalidad interpuesto por Empresa Constructora Agua Santa S.A. en contra de la Ilustre Municipalidad de Buin. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redacción del Ministro señor Luis Sepúlveda Coronado. N°58-2019 Contencioso-Administrativo. Pronunciada por la Sexta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel integrada con los ministros Sr. Diego Simpertigue Limare, Sr. Luis Sepúlveda Coronado y Abogado Integrante Sr. José Ramón Gutiérrez Silva. Se deja constancia que no firman no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo el Ministro Sr. Diego Simpertigue Limare y el Abogado Integrante Sr. José Ramón Gutiérrez Silva, por haber cesado ambos en sus funciones en esta Iltma. Corte.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cuatro de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 17 de diciembre de 2019 comparece el abogado don Francisco José de la Vega Giglio en representación de Empresa Constructora Agua Santa S.A., domiciliados en Nueva Tajamar N°481, Torre Norte, oficina N°2104, Las Condes, e interpone reclamo de ilegalidad municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Bu
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