SIN INFORMACION

OSCAR MANUEL ALEJANDRO JORQUERA FUENTES CONTRA INVERSIONES NIEVES DEL SUR SPA. HIPERPATAGONICO

Rol

Fecha

4 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 7 de abril de 2022, comparece don Oscar Jorquera Fuentes, empleado público, con domicilio en calle Cerro Castillo 1681, Coyhaique, Región de Aysén, quien deduce recurso de protección en contra de Inversiones Nieves del Sur SPA. Hiperpatagónico, representada por don Héctor Canales Cabezas, con domicilio en calle Victoria 758, Coyhaique, Región de Aysén, por haber incurrido en acciones y omisiones ilegales y arbitrarias que han afectado las garantías constitucionales del recurrente, establecidas en el artículo 19 N°4 de la Constitución Política de la República, solicitando, en especial: “- Se genere una reubicación de dichas cámaras en donde ya no apunten a nuestro domicilio, y no vuelvan a alterar ni intervenir de manera alguna nuestro espacio y derecho a cuidar nuestra vida privada, ya que dicho monitoreo queda además en poder de empleados inescrupulosos carentes de ética, ya que se ha prestado para eventos antojadizos arbitrarios e ilegales, como lo fundamentado en este recurso. - Poder tener acceso a las pantallas de monitoreo exterior de las mencionadas cámaras del Hiperpatagónico para tener una claridad y confirmación de que no están monitoreando y grabando aún y vuelvan a usar nuestros registros privados en nuestra contra para cualquier evento que surja de sus malas intenciones y/o acusaciones, que pueden ir desde nuevamente injurias y calumnias, hasta eventos más graves, como robos, atentados etc. a nuestro domicilio, por ellos saber, por ejemplo, los horarios en los que no hay nadie en casa, en resumen poder ver en persona lo que estas cámaras están viendo y grabando “vigilando”, por si Hiperpatagónico argumentara que no apunta a ningún domicilio en particular” Con fecha 11 de abril de 2022, se declaró admisible el recurso de protección y se solicitó informe a la recurrida. Con fecha 20 de abril de 2022, se agregó el informe evacuado por el abogado don Mario Cancino Rivas, en representación de la recurrida Inversiones Nieves del Sur, solic

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte recurrente, fundamentando su recurso sostiene que, con fecha 10 de marzo de 2022, se hizo presente en su domicilio, un empleado de nombre desconocido, del Supermercado Hiperpatagónico, quien lo increpó por haber tirado un huevo a su auto, hecho que el recurrente niega. No obstante, este sujeto insiste en acusarlo indicando que lo había visto en el registro de las dos cámaras de seguridad externas del Hiperpatagónico, ubicadas en calle Cerro Castillo, lo que demuestra que desde la inauguración de tal supermercado en el año 2018, sus cámaras han estado grabando las 24 horas el frontis de su domicilio, entrada principal, ventana de dormitorio, living, patio y entrada de garaje. Agrega que solicito y le fue negada la muestra del video que se mantiene por los encargados de la seguridad del Hiperpatagónico, en donde trabaja, indicándole que a las 15:40 horas los movimientos que el recurrente había hecho esa tarde en una de sus salidas a la vereda, en la que salió y se agachó (porque recogió una moneda de 100 pesos que estaba botada en el piso) y entró enseguida a su casa, momento en que según el sujeto lanzó el huevo. Agrega que, en una conversación con el jefe informático del Hiperpatagónico John Díaz Lillo, se le informó sobre las características de alta tecnología, precisión y alta definición de dichas cámaras, refiriendo “éstas cámaras tienen la capacidad de ver una pantalla de celular a 15 mt en detalle. por ej”, pero no le confirmó que apuntaran a su domicilio en esa ocasión, estimando que Hiperpatagónico con sus cámaras, en forma permanente, arbitraria y sin derecho, amenazan, perturban o privan su vida privada, familiar y domicilio, hechos que constituyen una inadmisible e inaceptable intromisión que lesiona gravemente su derecho a la vida privada, ofendiendo, asimismo, la inviolabilidad de su hogar que la Constitución asegura. Agrega que, su familia vive en la citada dirección desde el año 2000, y siempre estuvo consciente de que la presencia, finalidad y ubicación de las cámaras eran algo totalmente anormal y cuestionable, ya que estaban dirigidas a su domicilio. Acota que a finales del año 2021 pudo instalar una pequeña cámara en su domicilio para cuidar principalmente a su madre de tercera edad, por lo que logró guardar un registro audiovisual de lo sucedido en su celular con éste empleado. Estima como garantía constitucional conculcada, la contenida en el artículo 19 N°4, referente al respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia, y asimismo, la protección de sus datos personales, estimando que con el uso de éstas cámaras por parte del recurrido se ha infringido en forma flagrante este derecho. SEGUNDO: Que, don Mario Cancino Rivas, abogado, en representación de la recurrida Inversiones Nieves del Sur, informando el recurso, solicita su rechazo, con costas, alegando primeramente que, lo único que pudo constatar el recurrente de los supuestos dichos del trabajador, es

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, y sus modificaciones, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por don Oscar Jorquera Fuentes, en contra de la Empresa Inversiones Nieves del Sur SPA. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la Ministro Titular, doña Natalia Marcela Rencoret Oliva. Rol N° 238-2022 (Protección).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, a cuatro de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 7 de abril de 2022, comparece don Oscar Jorquera Fuentes, empleado público, con domicilio en calle Cerro Castillo 1681, Coyhaique, Región de Aysén, quien deduce recurso de protección en contra de Inversiones Nieves del Sur SPA. Hiperpatagónico, representada por don Héctor Canales Cabezas, con domicilio en calle Victoria 758, Coyh

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