SIN INFORMACION

BAHAMONDES MARTINEZ LESTER / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

4 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Juan Vallejos Parra, abogado defensor penal particular y deduce recurso de amparo en favor de LESTER BAHAMONDES MARTINEZ en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Fundamenta la acción señalando que el amparado cumple todos los requisitos legales y reglamentarios exigidos para la procedencia de la libertad condicional. Pide se restablezca el imperio del derecho en el sentido de declarar que la vulneración del derecho a la libertad de su representado, ha sido realizado en forma arbitraria e ilegal y con vulneración de garantías constitucionales, ordenando su inmediato cese, o lo que US. Ilma., estime que en derecho corresponde. Segundo: Que, informando la recurrida, a través de don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, quien dio cuenta a esta Corte que el amparado fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II y por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio de que se trata, pues si bien cumple con los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N° 321, al revisar la documentación acompañada a su respecto, pudo comprobarse la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejaron otorgarle la prerrogativa solicitada. Explica, textual, que “el postulante es un interno de alto compromiso delictual, rechaza la condena actual por considerarla injusta, justificando plenamente su participación en los hechos, mencionando que no contaba con recursos económicos para el sustento del hogar, lo que se traduce en la mínima capacidad analítica de los factores de riesgo, responsabilidad justificando conducta transgresora. Además hasta la fecha no ha participado en procesos de intervención. Los aspectos antes mencionados demuestran, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social, como l

Fundamentos

fundamentos que justifican la negativa a conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama, ponderando el informe psicosocial realizado. En efecto, es posible advertir que de los antecedentes allegados -los que tiene a la vista esta Corte- constan los elementos negativos informados por la recurrida. De esta forma, actuando la Comisión de Libertad Condicional en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente sin incurrir en ilegalidad alguna, ya que, si bien el amparado reúne dos de los requisitos exigidos, no cumple con demostrar un avance cierto y efectivo en su proceso de reinserción social, lo que no se desvirtúa en el arbitrio que se examina. Por lo anterior, se concluye que en el caso de autos la resolución impugnada contiene los fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto, se ha sustentado en la circunstancia de que los aspectos psicosociales antes aludidos demuestran, por ahora, un alto compromiso delictual, con escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad, lo que impide tener por probado que haya demostrado avances en su proceso de reinserción social, como exige el D.L. N° 321, y por ello, y dentro de la esfera de las competencias que le son propias, la Comisión pudo concluir que el amparado no era merecedor de la misma.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Lester Bahamondes Martínez en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Amparo-1231-2022.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Juan Vallejos Parra, abogado defensor penal particular y deduce recurso de amparo en favor de LESTER BAHAMONDES MARTINEZ en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Fundamenta la acción señalando que el amparado cumple todos los requisitos legales y reglamentarios exigidos

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica