JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MC/ EMILIO JOSE ACEVEDO ALARCON/ SEBASTIAN CABELLO JIMENEZ/ FELIPE SILVA HUERTA/ OSVALDO CAROCA VARGAS

Rol

Fecha

4 de mayo de 2022

Materia

AMENAZAS DE ATENTADOS CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES. ART. 296 A 298.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que las causales de exclusión de prueba están señaladas taxativamente en el artículo 276 del Código Procesal Penal y, en lo que interesa al presente recurso, su inciso tercero dispone que el juez excluirá las pruebas que provinieren de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas y aquellas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales. Segundo: Que, en la especie, el tribunal de primera instancia excluyó de la prueba de cargo del ente persecutor, la testimonial de los funcionarios policiales Daniel Augusto Loyola Monrroy, Lilian Cornejo Becerra y Geraldine Barahona Olmos, en razón de que sus declaraciones no constan en el parte policial, como tampoco hay constancia de qué función realizan en el procedimiento, lo que constituiría un incumplimiento a las garantías del proceso. Tercero: Que, sin perjuicio de la eventual efectividad de tales asertos, no se advierte cómo las infracciones denunciadas podrían afectar garantías constitucionales, de modo que no se configura la situación prevista en el inciso tercero del artículo 276 del Código Procesal Penal, de manera que ha de primar la disposición del inciso final del mismo artículo en orden a admitir toda la prueba ofrecida. Por otra parte, no se trata de prueba “obtenida” con vulneración a garantías constitucionales en los términos de la citada disposición legal, siendo entonces los cuestionamientos vertidos materia de resolución en la sede de juicio oral. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución de 22 de abril del año en curso, pronunciada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, en la causa RIT 7680-2021, que excluyó la prueba testimonial de cargo ofrecida por el Ministerio Público, y se declara que dicha prueba queda incluida en el auto de apertura. Devuélvase vía interconexión. N° 1127-2022 Penal.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución de 22 de abril del año en curso, pronunciada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, en la causa RIT 7680-2021, que excluyó la prueba testimonial de cargo ofrecida por el Ministerio Público, y se declara que dicha prueba queda incluida en el auto de apertura. Devuélvase vía interconexión. N° 1127-2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cuatro de mayo de dos mil veintidós. Sala: Quinta-Zoom. Rol Corte: 1127-2022-PENAL Ruc: 2001056817-0 Rit: 7680-2021 JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO Ministro de fe: Andrea Román Bravo Ministerio Público: Alexandra Álamos Nanjari Defensor: Eduardo Camus Cruz Imputados: EMILIO JOSE ACEVEDO ALARCON/ SEBASTIAN CABELLO JIMENEZ/ FELIPE SILVA HUERTA/ OSVALDO CAROCA VARGAS Hora de inicio:

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