ALMEIDA/TALADRIZ
Rol
Fecha
4 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales; Segundo: Que, los hechos relatados dan cuenta de una relación contractual derivada de un contrato de arrendamiento celebrado en el año 2017. Tercero: Que, conforme lo señalado precedentemente, se encuentran a disposición de la recurrente las acciones ordinarias, plazos y recursos legales, para discutir las clausulas y/o condiciones en que se ha tornado su relación contractual, debiendo ser conocidas por los tribunales con competencia en lo civil. Cuarto: Que, conocer estos hechos mediante el recurso intentado, importaría introducir un elemento adicional a las acciones civiles ordinarias que se podrían ejercer por la parte que se considera afectada en la relación contractual que la que es parte. Conforme lo dispuesto en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido a folio N° 1, por don Roberto Amado y doña Glenda del Carmen Almeida Seguel. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad Rol N° Protección-13306-2022.(jog)
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido a folio N° 1, por don Roberto Amado y doña Glenda del Carmen Almeida Seguel. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad Rol N° Protección-13306-2022.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, cuatro de mayo de dos mil veintidós. Al folio N° 1: Vistos y teniendo presente: Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de l
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica