RAMIREZ ALVAREZ JESUS IGANACIO / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
4 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Nadia Órdenes Sánchez y deduce recurso de amparo en favor de Jesús Ignacio Ramírez Álvarez, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago por el acto ilegal en que habría incurrido con motivo del rechazo de su postulación al beneficio de libertad condicional, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Segundo: Que informa la Comisión de Libertad Condicional y expone que por mayoría de sus miembros se resolvió no otorgarle el beneficio al amparado, teniendo en consideración lo siguiente: “Que el interno Jesús Ignacio Ramírez Álvarez ha sido postulado al beneficio de libertad condicional por el Tribunal de Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina I, en el proceso correspondiente al primer semestre del año en curso. Que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la (s) sentencia (s) expedida (s) en su contra, extracto de filiación y antecedentes e “Informe de Postulación Psicosocial” con su correspondiente documentación de respaldo, ponderados por esta Comisión con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 otorga, se puede comprobar, en primer término, que el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado; sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Si bien es efectivo
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por mayoría rechazar la libertad condicional del amparado, dicen relación con que el interno mantiene un riesgo medio de reincidencia con necesidades de intervención y deficiente resolución de conflicto; además mantiene una revocación de libertad vigilada. Sexto: Que el análisis de los antecedentes tenidos a la vista permite concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321 denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación -que este tribunal comparte- sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, sin que, como se dijo, pueda estimarse ilegal lo actuado por ella. Séptimo: Que, en tales condiciones, no resulta posible dirigir un reproche de ilegalidad a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional y ello, indudablemente, impide estimar configurado el supuesto que de acuerdo al citado artículo 21 de la Constitución Política permite conceder el amparo que se reclama. En razón de lo anterior, el recurso habrá de ser desestimado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Jesús Ignacio Ramírez Álvarez, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y archívese. N°Amparo-1227-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Nadia Órdenes Sánchez y deduce recurso de amparo en favor de Jesús Ignacio Ramírez Álvarez, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apela
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