JULIO CESAR PACHECO ALARCON/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
4 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Ademar Alarcón Alarcón recurre de amparo en favor de Julio Cesar Pacheco Alarcón, ambos domiciliados en calle Octava Avenida Nº17.250, oficina 11.010, Santiago, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por impedirle tramitar su pasaporte. Indica que concurrió a oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación con el objeto de obtener su pasaporte para emprender un viaje de turismo al extranjero. Añade que le informaron que no podían cursar su solicitud, toda vez que su pasaporte se encontraba bloqueado por la Policía de Investigaciones de Chile por una orden de aprehensión o arraigo. Explica que no existe ningún motivo por el cual el recurrente no pueda salir del país, por lo que el bloqueo de su documento es ilegal y arbitrario, conculcando los derechos consagrados en el artículo 19 Nº7 de la Constitución Política de la República. Pide a esta Corte acoger la presente acción declarando que debe cesar toda perturbación a su derecho de libertad personal o seguridad individual, en especial proceder a desbloquear su pasaporte. Segundo: Que informa por la Policía de Investigaciones de Chile, el Subprefecto y Jefe del Departamento de Asesoría Técnica Claudio Vargas Eggers, quien expone que revisado el sistema de Gestión Policial institucional el recurrente no registra orden de aprehensión, arresto ni arraigo vigente en su contra. Tercero: Que a su turno informa por el Servicio de Registro Civil e Identificación Jenny Turrys Nicólas, Subdirectora Jurídica, quien señala que el actor no registra solicitudes de pasaporte pendientes. Explica que para el otorgamiento de pasaportes es necesario requerir una certificación a la Policía de Investigaciones de Chile, la cual se obtiene a través de un sistema de consulta en línea, que únicamente se puede efectuar cuando existe una solicitud de pasaporte en curso, lo que no ocurre en este caso. Atendido lo anterior, no es posible para el servicio informar si e
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Julio Cesar Pacheco Alarcón en contra de la Policía de Investigaciones de Chile Regístrese y archívese en su oportunidad. N°235-2022 Amparo. Pronunciada por la Sexta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministras señoras Dora Mondaca Rosales, Claudia Lazen Manzur y abogada integrante señora Yasna Bentjerodt Poseck.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cuatro de mayo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Ademar Alarcón Alarcón recurre de amparo en favor de Julio Cesar Pacheco Alarcón, ambos domiciliados en calle Octava Avenida Nº17.250, oficina 11.010, Santiago, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por impedirle tramitar su pasaporte. Indica que concurrió a oficinas del Servicio de
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