JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN FELIPE

MARTÍNEZ / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN FELIPE

Rol

Fecha

4 de mayo de 2022

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Que en esta causa sobre nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, proveniente del Juzgado de Letras del Trabajo de San Felipe, los abogados de la parte demandante Pedro Ignacio Peña Sánchez y de la demandada Pablo Salgado Mercado, dedujeron sendos recursos de nulidad en contra de la sentencia de dieciocho de enero del año en curso, solicitando se declare la nulidad de la sentencia recurrida, y en su mérito, se corrija el vicio alegado y se proceda a dictar la correspondiente sentencia de reemplazo; solicitando el primero que se mantenga lo decidido respecto de la declaración de relación laboral, el despido injustificado, las indemnizaciones concedidas, los recargos legales, los feriados, los intereses y reajustes legales, y el pago de cotizaciones previsionales, pero que se condene a la demandada a la nulidad del despido, dando lugar a la demanda en todas sus partes, con costas. Y el segundo, solicitando se rechace la demanda deducida en contra de la Municipalidad de San Felipe, declarándose que entre las partes del juicio no existió un vínculo de naturaleza laboral regido por el Código del Trabajo, negando lugar a la demanda de despido injustificado e indemnizaciones y prestaciones reclamadas, con costas Que dichos recursos fueron declarados admisibles, procediéndose a su vista el día 28 de abril de 2022. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: EN RELACION AL RECURSO DE NULIDAD DEDUCIDO POR LA PARTE DEMANDANTE: PRIMERO: Que la demandante solicita la nulidad de la sentencia definitiva, sólo en la parte que impugna, invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia definitiva se hubiere dictado con infracción de ley, que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo de la parte del

Fallo

fallo cuya anulación se solicita. SEGUNDO: Que, funda su libelo, en la circunstancia de que el fallo recurrido “declaró la relación laboral entre la demandante y la I. Municipalidad de San Felipe”, pero no obstante “para efectos de la Nulidad del Despido -en el cual se verifica la infracción de ley de los incisos 5°, 6° y 7° del artículo 162-, estimó que esta no debe aplicarse por considerar que la Municipalidad no estaba en mora respecto el pago de las cotizaciones, pues no existía obligación que la obligase a retenerlas y enterarlas mientras duro la relación laboral entre las partes”. Indica que la sentencia “reconoce todos efectos jurídicos de la declaración de la relación laboral en el caso de marras, tales como, estimar que el despido fue injustificado, pago de los años de servicios, mes de aviso previo, la condena a los recargos legales, el pago de los feriados, y que, asimismo, no le fueron pagadas ni enteradas a la actora sus cotizaciones de seguridad social por parte de su empleador”; pero no obstante, “por otro lado, no acoge la demanda de Nulidad del Despido, que corresponde justamente a la sanción que le cabe al empleador negligente que no cumple con su obligación de enterar las cotizaciones previsionales de su trabajador en las instituciones previsionales a las cuales este se encuentra afiliado”. Indica que “la norma del artículo 162 del Código del Trabajo y los incisos en comento no establecen que la sanción de la nulidad del despido solo es procedente cuando

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Vim. C.A. de Valparaíso En Valparaíso, a cuatro de mayo de dos mil veintidós. Visto: Que en esta causa sobre nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, proveniente del Juzgado de Letras del Trabajo de San Felipe, los abogados de la parte demandante Pedro Ignacio Peña Sánchez y de la demandada Pablo Salgado Mercado, dedujeron sendos recursos de nulidad en contra

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